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  • retencion indebida

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 #759670  por estudiodeabogada
 
colegas tengo una consulta acerca de una clienta que trabajaba en un taller de costura , la despidieron de palabra , estamos con ese tema laboral ahora, pero el asunto que nos interesas aqui es que esta mujer cuando trabajaba llevo sus máquinas ya que su empleadora tenía las suyas en reparación, ahora se las reclama y le dice que se las robaron , yo la llame y me dice que no conece a ninguna persona con el nombre de mi clienta(obvio no me recibe los telegramas laborales), mi clienta fue a la fiscalia y no le tomaron la denuncia por retención indebida porque , le dijeron que no hubo robo ni hurto? que tiene que ver no existe una figura penal que se llama retencion indebida de cosa mueble por ejemplo? que hago?
 #845280  por NATILU
 
Hola. Me podrías contar cómo seguiste, ya que tengo un cliente con una situación similar. Gracias
 #885947  por fini2012
 
HoLA, ES requisito que se acredite el perjuicio frente a la imputacion de este delito? en mi caso a mi cliente no se lo acreditaron y queria ver que plantear ya que camara confirmo. Gracias
 #885954  por PenalistaCBA
 
estudiodeabogada escribió:colegas tengo una consulta acerca de una clienta que trabajaba en un taller de costura , la despidieron de palabra , estamos con ese tema laboral ahora, pero el asunto que nos interesas aqui es que esta mujer cuando trabajaba llevo sus máquinas ya que su empleadora tenía las suyas en reparación, ahora se las reclama y le dice que se las robaron , yo la llame y me dice que no conece a ninguna persona con el nombre de mi clienta(obvio no me recibe los telegramas laborales), mi clienta fue a la fiscalia y no le tomaron la denuncia por retención indebida porque , le dijeron que no hubo robo ni hurto? que tiene que ver no existe una figura penal que se llama retencion indebida de cosa mueble por ejemplo? que hago?

Colega, en su caso creo que el collar le va a resultar más caro que el perro… Como la fiscalía adolece de la grave enfermedad llamada vaguitis investigativa, Ud. deberá acreditar que se encuentran reunidos todos los extremos fácticos que el delito postulado requiere… Básicamente Ud. deberá demostrar objetivamente a la fiscalía que la cosa que reclama se halla en poder del denunciado, y que según la naturaleza del asunto, existe en cabeza del denunciado una obligación de devolver y/o restituir la cosa a su cliente; y que se ha intimado fehacientemente al denunciado para la entrega y/o devolución del objeto reclamado, y este es remiso a dicha restitución… Y por lo que Ud. comenta en su post, para tratar de establecer los presupuestos del delito necesariamente deberá de requerir presencia de un notario, oseaaaa... poner buena $$$$ para ver que pasa... Ahora, si Ud. falla en cualquiera de los requisitos requeridos por el tipo penal, la fiscalía muy hábilmente sacará un decretito donde lo remitirá a la vía civil por no configurar delito… Y colorín colorado… Su denuncia habrá fracasado…. 8)