Hola les queria comentar lo que me paso, envie en un alimentos cedula ley 22.172 a la pcia. de formosa (not. la primera aud. y alimentos provisorios) y me la devolviereron por no cumplir con el acuerdo 2586/09 pto. 2 (de la Suprema Corte de Formosa) donde hace extensiva el art. 7 parr 3º de la ley 22.172 a las notificaciones.-
Entiendo que es el sello de agua que pone las Camaras. Ahora ese sello certifica la firma del que firma el instrumento, entonces quien tiene que firmar la cedula?
la audiencia la tengo esta semana asi que pienso devolver la cedula y pedir nueva audiencia. bueno si alguien sabe como es en estos casos espero sus comentarios gracias.-
Entiendo que es el sello de agua que pone las Camaras. Ahora ese sello certifica la firma del que firma el instrumento, entonces quien tiene que firmar la cedula?
la audiencia la tengo esta semana asi que pienso devolver la cedula y pedir nueva audiencia. bueno si alguien sabe como es en estos casos espero sus comentarios gracias.-