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 #761922  por mike_78
 
Estimados colegas haber si pueden ayudarme, ya tengo firmado un designa abogado y mañana veo la IPP, cuestión, llegó un desalojo por usurpación, pero en dto diferente, por lo que mis clientes saben que en cualquier momento llega bien y los desalojan. En realidad ellos no usurparon ya que no hubo violencia de ningún tipo para el ingreso, por lo que me llama la atención que se le haya dado cauce a esta acción sin haber probado dicho extremo, ¿que puede haber pasado? ¿que escrito aconsejan presente para llevar la causa a la justicia civil?.
Gracias
 #761965  por cayetana
 
Hola, antes que nada hay que tener en cuenta el medio de comision del delito de usurpacion:ARTICULO 181.- Será reprimido con prisión de seis meses a tres años:

el que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes;

2º el que, para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterare los términos o límites del mismo;

3º el que, con violencias o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble.

Como veras no es solo la violencia el medio para usurpar. Si llegara a ser abuso de confianza, este se equipara a los modos de la estafa. Porque ellos viven ahì? (los imputaron?)
En sede penal tenes que ejercer la defensa y antes que nada, tenes que leer toda la causa (primer paso pedi un cuerpo de copias para poder estudiarla).
En sede civil, segun como sea el caso tendras que oponer la accion real o posesoria que corresponda.
Saludos
 #762450  por mike_78
 
Hola, gracias, hoy ví la causa y ya se ordenó un allanamiento para la constatación de la vivienda, quienes viven allí y en calidad de que. Según actuaciones policiales "constataron signos de violencia en cerradura y marco de entrada" claro que se refiere a la puerta de frente que conduce a un larga pasillo con dtos, y en el caso en cuestión cuando llegaron los ahora imputados, estaba abierto, y abandonado hace un tiempo con restos de cosas de obras que también habían dejado ahí, tengo entendido que se paró la obra por un tema legal y quedó así dejada por varios meses, fue allí que sin violencia alguna ingresan dichas personas.
 #763470  por johnmanue
 
Según actuaciones policiales "constataron signos de violencia en cerradura y marco de entrada" claro que se refiere a la puerta de frente que conduce a un larga pasillo con dtos, y en el caso en cuestión cuando llegaron los ahora imputados, estaba abierto, y abandonado hace un tiempo con restos de cosas de obras que también habían dejado ahí,............

Lo que decís que esta subrayado en negritas tenés que probarlo no olvides que en derecho hay una máxima que me enseñaron que es: hay que tener razón , saber probarla y un juez que quiera escucharla. :lol: , así que te aconsejo que los imputados te busquen testigos para poder generar duda...- in dubio pro reo- igual podrías ir a mediación penal me parece por este tema, probation, no te conviene ir a juicio por esto...es más no creo que el fiscal quiera elevar a juicio esto...
Pregunto fue en Provincia de Bs As o CABA.
Recorda lo que dicen los códigos de rito 231 bis CPPBA y 335 CPPCABA en cuanto la restitución del inmueble a la cual se puede procedar con lo solo la verosimilitud del derecho.-
Bueno espero haber sido de ayuda.-
Saludos.- :lol:
 #764435  por mike_78
 
hola: gracias por tu respuesta y creo que lo más probable sea que lo lleven a mediación. Es en Mar del Plata. Saludos
 #770850  por johnmanue
 
Contame después como te fue, me interesaría saber que paso en el caso en Cuestión.-
Saludos Cordiales.- :lol:
 #771041  por mike_78
 
Ok te voy a a tener al tanto, por ahora hubo cambio de fiscalía, de la de N.N pasó a otra que la lleva, yo fui, pero justo el despachante se ausentaba la semana. Ya veremos como sigue.
Saludos
 #772981  por patriciav
 
Hola, queria hacerles una consulta sobre un caso de usurpacion, soy abogada pero no hago penal, y necesito que me digan si puede prosperar (que desalojen la propiedad) una denuncia por usurpacion, la situacion es la siguiente:
Hace como 10 años se firma un contrato de comodato con un matrimonio, ellos no tienen copia del mismo, no hubo problemas hasta hace dos años atras, cuando el marido se fue a tucuman y ella se quedo en la casa con los 7 hijos, ahora esta en pareja y no se quiere ir de la casa. Segun comentarios de vecinos esta mujer dice que ella le compro la casa a la dueña y que la quiere vender, que tiene los papeles. No es asi porque la dueña es mi madre y se que no se la vendio. Nosotros estamos pagando los impuestos. Intente hablar con esta mujer pero no quiere escuchar, solo me dice que no se va porque no tiene donde ir y que ella puso plata en la casa. Le pregunte cuanto era lo que puso, para devolverle el dinero pero no me dice nada. Estube buscando informacion y atento que hay un contrato firmado, pense en el tema del abuso de confianza y la mala fe de esta mujer, pero no me termina de cerrar, lo razono como civilista, puede ser por eso? no lo se. Consulte con un colega que hace penal, pero no me dio buenas perspectivas, me dijo que convenia mas un desalojo civil. Esto tramitaria en tribunales de moron. Que piensan, podría funcionar o voy por la via civil. Gracias.
 #773054  por sannicolas
 
Hola podes decirnos los tiempos entre que transcurrieron el ingreso al domicilio y la orden policial? Impuestos... servicios...mejoras al inmueble??? algun dato mas.
De donde es el titular registral?
 #781745  por johnmanue
 
1. Te recomiendo primero leer con atención el artículo el cual habla de usurpación:

ARTICULO 181.- Será reprimido con prisión de seis meses a tres años:

1º el que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes;

2º el que, para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterare los términos o límites del mismo;

3º el que, con violencias o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble.

2. Después que pienses en cuanto a la política criminal que hoy se esta aplicando en relación con este tema...si tendrían que prosperar todos los casos de usurpación que existen medio conurbano nos queda entre las rejas...jejeje

3. Hay un incumplimiento contractual por lo que decís ....me parece que va desalojo...la mayoría que hace usurpación no prospera....

Podría ir interdicto de recobrar...pero me decis que hay un contrato incumplido entonces lo mejor y creo que único dado lo que contas es el desalojo pero no me quiero apresurar escucho la opinión de otros, saludos.-
:lol:
 #781912  por NOMOLESTAR
 
La usurpación no procede contra el locatario, poseedor, tenedor y quién haya entrado pacíficamente en el uso y goce de la cosa abandonada.
Si no hay delito hay que solicitar sobreseimiento planteando la inexistencia del mismo.

EL DELITO DE USURPACIÓN Y SOLUCIONES http://www.consejosdederecho.com.ar/62.htm

http://onl.abeledoperrot.com/NXT/onl.dl ... miento_486

http://www.iestudiospenales.com.ar/mode ... uicio.html