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  • Honorarios a mi cliente ganador

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #762593  por bancio4
 
Mi cliente fue demandado (cobro de pesos). El actor obtuvo el beneficio de litigar sin gastos a quien le rechazaron la demanda con costas. La pregunta es si puedo ejecutar los honorarios regulados a mi cliente ya que el demandante ademas de haber actuado con beneficio es un insolvente. En el caso de que se pueda ejecutar a mi cliente cómo debo hacer el tramite?
 #762661  por kantaclaro
 
En ese caso podés ir contra tu cliente basado en el art. 58 del dcto/ley 8904/77. Sds
 #762759  por Squonk
 
Es como dice kantaclaro.
Además y dado que las costas fueron impuestas a la actora, tendrías que notificarlo de tus honorarios e intimarlo al pago.
Saludos
 #787632  por DraCGR
 
Hola!
Estoy en una situación parecida a la que comentaban, y soy nueva en esto.
Mi clienta fue demandada en un juicio de divorcio. En la sentencia, regularon mis honorarios a cargo del actor. Le notifiqué los honorarios por cédula, esperé el plazo establecido por el art. 54 del dec. 8904/77, no me pagó e inicié la ejecución por incidente. Pero el actor es jubilado, y no tiene nada a su nombre. Por lo tanto, no pude cobrar.
Pregunto: cómo debo proceder para cobrarle a mi clienta? (ya hablé con ella, y le expuse la situación porque es familiar de una conocida, pero quiero cobrar por mi trabajo).
Gracias!
 #985137  por DrTV
 
Si podés cobrarle a un jubilado, pedí previo informe del monto de la jubilación se trabe embargo en la parte proporcional que se permite, manifestá que se trata de un crédito de caracter alimentario y que el hecho de que se trate de un jubilado no significa que sea un insolvente etc. etc.. Si te lo deniegan vas a tener que plantear la inconstitucionalidad de la norma que te impide embargarle al jubilado.
DraCGR escribió:Hola!
Estoy en una situación parecida a la que comentaban, y soy nueva en esto.
Mi clienta fue demandada en un juicio de divorcio. En la sentencia, regularon mis honorarios a cargo del actor. Le notifiqué los honorarios por cédula, esperé el plazo establecido por el art. 54 del dec. 8904/77, no me pagó e inicié la ejecución por incidente. Pero el actor es jubilado, y no tiene nada a su nombre. Por lo tanto, no pude cobrar.
Pregunto: cómo debo proceder para cobrarle a mi clienta? (ya hablé con ella, y le expuse la situación porque es familiar de una conocida, pero quiero cobrar por mi trabajo).
Gracias!