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  • ALIMENTOS-SI EL EMPLEADOR NO QUIERE DEPOSITAR...?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #763273  por carpediem777
 
Que se hace en estos casos???? buenas tardes colegas...en un alimentos ( yo por el alimentante), se acordaron los montos, se homologó el acuerdo y se ordenó la apertura de Cta Judicial para que de posite el empleador del alimentante...la cuenta se abrió pero el empleador no quiere depositar....me corresponde hacer algo a mí como letrado del demandado??? lo intiman del tribunal??? como es?? disculpen pero es el primer alimentos que hago...
 #763297  por carpediem777
 
GRACIAS SANTIHELADERO!! es decir que primero debería presentar un escrito en el tribunal solicitando que se lo intime al empleador bajo apercibimiento de aplicárcele astreintes, una vez despachado eso notificar por cédula...??? sería asi el procedimiento??
 #763310  por eduferry
 
Te sugiero que para el cumplimiento del convenio presentes escrito pidiendo se libre oficio al empleador a efectos que retenga directamente de las remuneraciones el monto convenido y lo deposite mensualmente en la cuenta abierta al efecto.
Si te lo proveen diligencias el oficio y luego pedís se notifique a la demandada que mensualmente los fondos van a estar a disposición, en tiempo y forma en la cuenta judicial.
Tu empleador no lo hace porque no tiene ninguna orden al respecto y lo convenido es un pacto entre uds., él es ajeno, por eso el oficio aclarando que no constituye embargo, es el mejor camino.

Te copio un par de borradores.

SOLICITA SE OFICIE



Señor Juez:

xxxxxxxxxxxxxxxxx, por derecho propio, manteniendo el domicilio legal oportunamente constituido, junto al Letrado que me patrocina, Dr. Eduardo............., Tº xx – Fº xxx, en autos caratulados “xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/ALIMENTOS” (Expte. Nº ................), a V.S. digo:

Que para posibilitar el cumplimiento de la obligación en tiempo y forma, solicito se libre oficio a mi empleador, la ....................., a los efectos que retenga mensualmente de los haberes del suscripto, en concepto de retención directa y sin que constituya embargo, la cuota de alimentos y la deposite en la cuenta del Banco de la Nación Argentina y como perteneciente a estos autos.
Proveer de Conformidad
Será Justicia


OFICIO JUDICIAL

Cdad de Bs. As., de de .

AL SEÑOR PRESIDENTE DE ....................
S__________/_________D

Tengo el agrado de dirigirme a usted en los autos caratulados “........................................LO S/ALIMENTOS” (Expte. Nº ....), en trámite por ante este Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº. ..., a cargo de la Sra. Jueza Dra. .............................., Secretaría Unica a cargo del Dr. ........................., ubicado en calle ............................................l, a fin que se sirva disponer lo necesario para retener mensualmente la suma de pesos .............($ .....) de los haberes que en ese Organismo percibe el señor ...................................... (DNI: .........), Legajo ....--------------------------------
Se deja expresa constancia que la presente es una retención directa y no constituye embargo, debiéndose depositar los fondos retenidos en el Banco de la Nación Argentina – Sucursal Tribunales como pertenecientes a los autos arriba mencionados y a la orden de este juzgado.------------------------------------------------------------------------------------
El auto que ordena el presente dice: “Buenos Aires, ...................... AUTOS Y VISTOS: Atendiendo a lo que se desprende de las constancias de la causa, corresponde acceder a lo pedido. En consecuencia, ordenase la retención directa de la suma de pesos cien... (.....), en concepto de cuota alimentaria, independientemente de los embargos trabados en autos, a cuyo fin ofíciese al empleador haciéndosele saber que lo deberá depositar en la cuenta de autos y a la orden del juzgado. Firmado Dra. .......................– Juez.------------------------------------------------------------------------------------
Se hace constar que se encuentra facultado al diligenciamiento del presente, el Dr. .................................-----
Sin otro particular, saludo a Ud atte.------------------------------------------------
 #763316  por carpediem777
 
EDUFERRY MUCHAS GRACIAS POR TU APORTE!! Te comento que el oficio al empleador ya lo libró el tribunal conjuntamente con el que ordenaba la apertura de cuenta....es decir que al empleador ya le llegó el oficio donde se ordena que retenga el 20% y lo deposite en la cuenta de autos...sólo que él no se quiere hacer cargo de esa tarea parece...( ACLARO QUE YO VOY POR EL DEMANDADO), por eso lo de intimar bajo apercibimiento de astreintes...en fin...cual sería la opción entonces...? :roll:
 #763319  por santiheladero
 
no vi q ibas por el demandado. gralmente los apercibimientos los pide el alimentado. en este caso, te conviene hacer los depositos voluntariamente hasta tanto se solucione eso, para q no se te acumulen cuotas e intereses.
 #763322  por carpediem777
 
HHHHHHHAAAAA buenísimo SANTIHELADERO!!!! es decir que la actora debería hablar con su abogada ( que es de la defensoria ), y que se "ocupen" ellos de intimar al empleador de mi cliente....eso sí, que mi cliente le deposite voluntariamente la plata en esa cuenta que se abrió....ENTENDI BIEN??? :shock: gracias nuevamente!!

OPCIÓN Nº2: y si no lo hace la actora podría presentar un escrito solicitando se lo intime al empleador???? digo...para que mi cliente no tenga que seguir yendo ÉL a depositar...

Cual harias 1 o 2??? :P
 #763437  por berequete
 
Primero pedí un saldo bancario y demostrás que el empleador no cumplió obviamente si libraste el oficio solicitando la retención del haber, y luego pedís las astreintes pero sino demostrás que el empleador no cumple te lo va a pedir el tribu seguramente, a mi me pasó en lomas y tuve que pedir el saldo bancario primero y luego pedí las astreintes, si al demandado le retienen el porcentaje del embargo y el que no deposita es el empleador el demandado no tiene la culpa, ya es un tema tuyo con el empleador, la otra parte no se va a hace mucho drama si te presenta el recibo con el descuento del embargo a él no le vas a poder hacer nada porque el que no cumple o si cumple con la retención pero no lo deposita es el empleador, suele pasar esto con las empresas chiquitas que no tienen cadetes y no quieren hacer las filas del banco en tribu que son interminables también yo cuando es así ahora pido que le depositen si tienen caja de ahorro tu cliente y se banca el gasto que te cobran que le depositen en su caja de ahorro particular y te evitas demoras por el banco provincia de tribu que son de terror y los empleadores les escapan a eso. Suerte.
 #763469  por carpediem777
 
GRACIAS BEREQUETE POR TU APORTE!! Me dió la impresión que interpretaste que voy por la actora, pero no, yo voy por el demandado (alimentante), igual te comento que el empleador no es que retiene y no deposita...no se quiere hacer cargo de nada directamente...ni le retiene ni deposita...le paga su sueldo a mi cliente y listo...hace caso omiso al oficio del trib.
Me sirvió lo de pedir el saldo bancario...lo que pienso hacer es lo sig: pido saldo bancario y acompaño escrito dando cuenta de ésta situación, es decir...que el empleador no depositó nada, y conjuntamente solicito que se lo intime bajo apercibimiento de astreintes, de todas formas que mi cliente le pague a su ex contra recibo para que no le reclame nada...mi objetivo es que el empleador sea el que deposite y no mi cliente (alimentante) a parte así lo ordena el oficio...
De todas formas me queda la duda de si esto no sería trabajo de la parte actora en realidad... :|
 #763488  por berequete
 
Si lo leí medio rapido y lo entendí al revés pero si el que tiene que pedir la retención y que cumpla con la orden judicial es la parte actora, tu cliente que le pase mediante recibo o le deposite en una caja de ahorro para evitarse problemas él, porque le puede iniciar una causa penal por incumplimiento de inasistencia alimentaria no recuerdo el número de la ley ahora cual es, pero el trabajito lo tiene que hacer la actora, vos de última decile a tu cliente que le deposite en una caja de ahorro denunciando en el expediente el motivo de última, o que sea contrarecibo, si bien ahí ya estaría cumpliendo con la cuota alimentaria.
 #976598  por paola519
 
Estimados,

Necesito hacerles una consulta, tengo un cliente que hace dos años ñle llego un oficio para que proceda a realizar embargo de sueldo a un empleado. NO lo hizo, es decir ni le retuvo ni deposito, ni nada. Hoy en dia le enviaron un oficio para que se presente en el juzgado.
A mi poco entender el es responsable por no cumplir con una orden judicial (aclaro el embargo era x deuda con un banco y no alimentos) pero quisiera saber cuales son las consecuencias que puede sufrir. Desde ya agradezco sus comentarios y ayuda.