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  • convertir 214 inc de una parte a presentacion conjunta

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #766161  por polin
 
Hola a todos, muy agradecida a quienes puedan ayudarme
La cuestion es asi: Inicie el trib 2 de san martin un divorcio (represento a la sra) por art. 214 inc. 2. Se cerro la etapa previa, el sr. no se presento a la audiencia. Presente demanda por el art. citado. No hay bienes ni hijos en comun. El Sr. por el momento no recibio la cedula de notificacion, (cuando mi clienta hablo con el, le dijo que busque un defensor publico y se allane, (idea mia) lo cual acepto). Estado procesal para notificar con habilitacion de dias y horas inhabiles...la sra. me cuenta que este hombre se mudo, que le dijo que no esta nunca donde vive etc.
Pregunta: Puedo citarlos a mi estudio para que me firmen una presentacion conjunta por el 214 inc 2 solo con mi patrocinio y presentarlo en el tribunal, ya que la demanda inicial no ha sido notificada aun???
Pd: no he visto otro post con esta pregunta. Gracias!!!
 #766169  por polin
 
hola me respondo a mi misma de acelerada escribi. Se entiende que si no esta trabada la litis, se puede. Me pregunta es: me conviene desistir del proceso e iniciar presentacion conjunta 214 inc 2 o directamente presento un escrito con la firma de los dos en esta ya iniciado?