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  • SUCESIÓN-RECTIFICACIÓN DE PARTIDA.

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 #766190  por carpediem777
 
Buenas colegas...quisiera que alguien me oriente en como puedo solucionar esto: inicié una sucesión en donde el causante es SOLTERO, pero en la partida de defunción, no se porque motivo dice, VIUDO...en el juzgado me dijeron que debería hacer una rectificación de partida o información sumaria...alguien me orienta en lo que más me conviene...?????
Como se hace una rectificación de partida????? desde ya muchas gracias!!!!!
 #766258  por mflorgf
 
La rectificación de partida se puede hacer por dos vias: por el registro civil (tarda mas de un año) o por via judicial, que es un proceso y que tarda entre 6 meses o mas y que vas a tener que acreditar documentalmente o por testigos que era soltero. Para mi, en este caso lo que te convendria hacer es una informacion sumaria acompañando testigos que acrediten que el causante era soltero. Si te dijeron el el juzgado que lo admiten, pedila y ahi te van a fijar audiencia para que declaren los testigos. Entiendo que va a ser mas rapido que hacer otro proceso judicial. En todo caso te declararan que tenia ese estado civil al solo efecto del sucesorio. No se si me explique bien??
Cualquier duda, si te puedo ayudar, conta conmigo.
Saludos.
 #766912  por carpediem777
 
MFLORGF MUCHAS GRACIAS POR TU APORTE!!! y aprovechando que me ofrecés tu ayuda te pregunto...la info sumaria la tengo que solicitar primero o puedo presentarla directamente???? Consiste en acompañar los interrogatorios de los testigos para que éstos luego sean citados a ratificar verdad??? perdón, pero hace poco empecé en este mudillo jurídico... :cry:
 #767330  por mflorgf
 
Yo pedi informacion sumaria en el mismo escrito de inicio de la demanda. Puse los datos de los testigos y despues como toda audiencia de interrogatorio, acompañas el pliego de interrogatorio media hora antes de la audiencia o si es una sucesion donde a vos te firman todos los herederos y no hay ningun problema tambien podes poner el interrogatorio de preguntas en el escrito de inicio de la demanda pero no es necesario.
Yo te diria que en el escrito de inicio de la demanda pongas un apartado donde expliques la situacion y ofrezcas para acreditar en informacion sumaria dichos extremos la declaracion testimonial de las siguientes personas: 1)nombre, apellido, D.N.I, domicilio y ocupacion.... y asi con tres testigos, quienes depondran a tenor del interrogatorio que oportunamente se acompañara.
Vos trabajas en pcia de bs. as. no? digo por el tema de acompañar el interrogatorio hasta media hora antes de la audiencia, que es lo que dice el codigo procesal de pcia. de bs. as. Si sos de otra pcia. tendras que fijarte en el tuyo.
Yo probaria con eso. En mi caso tuve que pedir la informacion sumaria porque en el certificado de uno de los causantes le habian puesto un domicilio fuera de la pcia. de bs. as., pero la señora vivia en la pcia. y fallecio estando de visita en la casa del hijo en mendoza.
Aca te mando lo que yo puse. Tu caso es distinto pero hay jurisprudencia que dice que el certificado de defunción no hace plena fe de lo que dice porque esos datos no son un acto pasado ante el oficial.
Espero que te sirva pero si en el propio juzgado te dijeron que podes acreditarlo por informacion sumaria yo te diria que pruebes y la pidas.
Si tenes alguna otra documentacion donde diga que es soltero, acompañala tambien.
Saludos

"IV.- COMPETENCIA. MANIFIESTA.-
V.S resulta competente para entender en este proceso sucesorio, atento que el último domicilio de los causantes lo era en calle........... de General Daniel Cerri.
En cuanto a la causante doña.........., si bien el último domicilio que consta en el certificado de defunción es en calle ........., Provincia de Mendoza, lo cierto es que la causante se encontraba circunstancialmente y pasando un tiempo de visita en el domicilio de mi poderdante cuando se produjo su fallecimiento. En el momento de profundo dolor y confusión, al preguntársele sobre el domicilio de la causante, el mismo menciono su domicilio propio, consignándose en dicho certificado la dirección de la Provincia de Mendoza, surgiendo así un inconveniente por cuanto el domicilio real de la causante lo era en calle.......... de la localidad de General Daniel Cerri, al igual que el de su cónyuge fallecido con anterioridad.
Por mandato de mi poderdante y siendo este único heredero, mayor de edad, manifiesto por el presente que el último domicilio real de la causante doña .........se encontraba sito en calle ......... de la localidad de General Daniel Cerri.
Por ello, atento que el ultimo domicilio de la causante se encontraba dentro del departamento judicial de Bahía Blanca y por razones de economía procesal, solicito que el inicio de la sucesión de los cónyuges se radiquen en el mismo juzgado, en orden a la identidad patrimonial del acervo sucesorio y, en consecuencia, vinculación entre los derechos cuya tutela y distribución se procura.
A tal efecto la jurisprudencia menciona: "La partida de defunción (instrumento público) puede ser desvirtuada, mediante prueba en contrario, en lo relativo al domicilio del occiso, pues tal (el domicilio) no es un hecho pasado por ante el oficial y cumplido por él". CC0002 MO 56059 RSI-533-8 I 13-11-2008, P., C. A. s/ Sucesión Ab-Intestato.- "Por tratarse de una cuestión de hecho, respecto del último domicilio de la persona causante de una sucesión, son válidos todos los medios de prueba y de toda clase". JZ0000 TO 378 RSI-132-98 I 25-9-1998, Ferrus, Haydeé Alcira s/ Sucesión Ab-Intestato.-
Para el caso de que V.S lo considere necesario ofrezco, a fin de acreditar en sumaria información el ultimo domicilio de la causante, la declaración testimonial de las siguientes personas:
 #767921  por carpediem777
 
MFLORGF...GRACIAS POR TU RESPUESTA!!! y tu tiempo... te comento que en el escrito de inicio no puedo...porque la sucesión ya está presentada...yo soy abogado de los únicos 3 herederos que hay (suponemos)...,
El tema es ése, porque nunca presenté una info sumaria ya iniciado un expte... tengo que solicitarla en un escrito pidiéndola y esperar que la provean???? o directamente acompaño escrito diciendo : "ACOMPAÑA INFORMACIÓN SUMARIA"... relatando como vos me decís y ofreciendo testigos...?? te recuerdo que en éste caso el tema es que el certificado de defunción dice "viudo" y en realidad es "soltero" GRACIAS ANTICIPADAS!!!! :P
 #768391  por mflorgf
 
Si vos hablaste con la gente del juzgado y te tiraron el dato de que podes hacer informacion sumaria, yo acompañaría ahora (no importa que la sucesión este inciada) un escrito donde solicitaria la informacion sumaria. Yo le pondria solicita información sumaria. Le explicaria que en realidad el causante es soltero y por error en el certificado de defunción se coloco como estado civil viudo. Que a los efectos de acreditar lo expuesto, venimos a ofrecer la declaracion de los siguientes testigos, solicitando a VS que oportunamente se fije audiencia para que presten declaración testimonial a fin de proseguir con la tramitación del presente.
Yo que vos probaria con la información sumaria. A lo sumo, lo mas que puede pasar es que te digan que no pero si te lo habilitan te ahorrarias tener que parar la sucesion para iniciar otro proceso de rectificación de partida.
Metele para adelante que yo creo que va a funcionar.
Para lo que necesites conta conmigo.
Suerte.
P.D: te pido por favor que despues me cuentes como te salio.
Saludos.
 #768482  por carpediem777
 
MFLORGF GRACIAS POR TU APORTE!!! Así lo voy a hacer...y desde ya que te cuento como va saliendo...es en el Juzg Nº4 de Lomas de Zamora...estamos en contacto!!! gracias!! :P
 #768736  por mflorgf
 
De nada, me alegro servir para ayudar a otros porque muchas veces uno necesita de la ayuda de los demas y es bueno poder contar con ella.
Saludos.
 #779247  por carpediem777
 
Bueno, refloto éste post un tanto apesadumbrado ya que lo que planeaba hacer..es decir INFO SUMARIA...no puedo...mi clienta no consigue a ningún testigo que diga que su padre era soltero!!!! todos pensaban que era casado y no quieren mentir.... :cry: en fin...que me queda para cambiar esa palabrita en el certificado de defuncion de VIUDO a SOLTERO? rectificación administrativa averigué y tarda maso 8 meses...alguien me orienta como es una rectificación judicial?? como se hace...que necesito...en fin...
PD: y si me tiro el lance de pedir declaratoria asi??? opiniones....NO SE QUE HACER.... :cry: TOY TRABADO TOY!!
 #781057  por antihique
 
y la madre de tu clienta fallecio???? en el certificado de defuncion de ella podrias ver que dice que la sra no estaba casada y que algun amigo de tu clienta testifique que tu clienta le dijo que sus padres no estaban casados.No hay ningun tramite de obra social o algo de los padres donde figure que no estaban casados???
 #804011  por Facumar
 
Yo tengo un caso muy parecido, y estoy por iniciar una Inf Sumaria.

Fui al Registro de las Personas de Buenos Aires y pedi un certificado negativo.
Sale del Fichero Gral del Registro Civil de la Provincia y figura que no se halla registrado ningun matrimonio a nombre de mi cliente.

Con esto y dos testigos màs pienso demostrar su estado civil. Por ahi te sirve, se llaman certificados negativos y tambien se les dicen certificados de solteria.

Ya que estamos le hago una preguntita... en mi caso, en una escritura de compra venta se ponen mal los datos de mi cleinte y pone casado cuando es soltero, ahora el quiere vender y necesita la firma de su mujer que en realidad no existe. Mi duda es por la competencia, mi cliente vive en capital federal actualmente pero la escritura es de Lp, presento la inf sumaria en Lp?

Gracias y espero que sirva mi aporte!
 #830898  por Mordisco
 
Facumar escribió: Ya que estamos le hago una preguntita... en mi caso, en una escritura de compra venta se ponen mal los datos de mi cleinte y pone casado cuando es soltero, ahora el quiere vender y necesita la firma de su mujer que en realidad no existe. Mi duda es por la competencia, mi cliente vive en capital federal actualmente pero la escritura es de Lp, presento la inf sumaria en Lp?

Gracias y espero que sirva mi aporte!
Lo más rápido sería que el escribano que autorizo la escritura realize otra escritura rectificando el error, y asunto terminado
 #830902  por Mordisco
 
En el art.148.I.6 de la ley 9020, de la Prov. Bs. As. establece
Ley 9020 escribió:Artículo 148:

I.- En la parte libre que quede en el último folio de cada escritura o acta, después de la suscripción y a falta o insuficiencia de este espacio, en los márgenes de cada folio, mediante notas que autorizará el notario con media firma, se atestará:
1...
2...
3...
4...
5...
6. De oficio o a instancia de parte, para subsanación de errores materiales u omisiones producidas en el texto de los documentos autorizados siempre que:
a) Se refieran a datos y elementos determinativos o aclaratorios que surjan de títulos, planos u otros documentos fehacientes, por expresa referencia en el cuerpo del documento, en tanto no se modifiquen partes sustanciales relacionadas con la individualización de los bienes ni se altere las declaraciones de voluntad jurídica.
b) Se trate de la falta de datos de identidad de los comparecientes en documentos sobre actos entre vivos, no exigidos por la legislación de fondo.
c) Se trate de la omisión o error relativo a recaudos fiscales, administrativos o registrales.
 #880646  por Facumar
 
Mordisco! Muchas Gracias! Estoy de acuerdo con vos. Fui a hablar con la escribana y nada!!! Me dijo que ella no podia hacer nada!

Como es el procedimiento administrativo del que hablan?

Inicie una inf sumaria y la jueza me dice que no le alcanza las pruebas para declarar el estado civil soltero de esta persona y màs siendo tan importatnte como el regimen patrimonial....

Presente certificado negativo de matrimonio expedido por el Registro de las Personas y declarcaión testimonial!

No se que hacer! Tendria que ir a hablar con de nuevo cn la escribana pero esta muuy cerrada!
Alguna ayuda?
 #880669  por carpediem777
 
Hola facumar, te comento lo que yo estoy haciendo para rectificar un certificado en donde dice viudo y en realidad debería decir soltero...En el juzgado me dijeron que info sumaria no alcanza, por lo cual inicié un incidente de rectificación de partida...presenté dos testimoniales que se ratificaron en primera audiencia, ofrecí informativa al ANSES ( donde ya contestó diciendo que figura como conviviente pero no casado), al Registro de las personas (para que envíen el famoso certificado de soltería) y algunas escrituras donde figura como soltero...con ésto en el juzgado me dijeron que en principio alcanzaría para que se ordene la rectificación del estado civil...esto es en Lomas de Zamora...quizás para la escritura puedas hacer algo parecido...espero haber aportado algo...!