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  • Honorarios en alimentos

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #769600  por grillorente
 
Colegas, una consulta: En un alimentos me regulan por el régimen de visitas acordado, pero respecto de los alimentos me difieren la regulación "hasta tanto se de cumplimiento con lo normado en el art. 39 ley 8904, esto es : "ARTICULO 39°: En los juicios de alimentos se fijará el honorario considerando monto del proceso la cantidad a pagar durante dos (2) años conforme a la escala del artículo 21°. En los casos de aumentos, disminución, cesación o coparticipación en los alimentos, se tomará como base la diferencia que resulte de la sentencia por el término de dos (2) años, en base a la escala aplicable a los incidentes."
El tema es... que debo presentar, porque estoy perdida de como seguir... Gracias!!!
 #772875  por elestudiojuridico
 
Hola
ARTICULO 39°: En los juicios de alimentos se fijará el honorario considerando monto del proceso la cantidad a pagar durante dos (2) años conforme a la escala del artículo 21°.En los casos de aumentos, disminución, cesación o coparticipación en los alimentos, se tomará como base la diferencia que resulte de la sentencia por el término de dos (2) años, en base a la escala aplicable a los incidentes.
Es decir, que hay que ver cuanto termina siendo la cuota de alimentos para poder calcular que porcentaje corresponde.
Suerte.
 #773036  por grillorente
 
Gracias! eso lo entendía, el tema que con los recibos y todo no lo regulaban... ya hablé en el tribunal y fue un tema de ellos... asi q hice un escrito de unas lineas solicitando se regulne, gracias!