Queridos foristas la consulta es la siguiente, la persona cobra pensión por fallecimiento del IPS, el marido falleció en el año 1991. Para el trámite de la jubilación no se encuentra dentro de las excepciones de la resolución 884 dado el año de fallecimiento y que el trámite de pensión es del año 1992?
Les agradezco la respuesta.
Saludos.
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