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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #772346  por karina2010
 
Tengo un caso de empleada domestica con una antiguedad de 25 años de l a v de 8 a 17 hs, que de a poco le sacaron horas y luego de unos meses le dijeron que no la necesitaban mas ( los hijos crecieron, se casaron y el matrimonio quedo solo en la casa, no necesitaban a la empleada, todo el dia), mande telegrama pidiendo indemnizacion segun decreto 326/56, por lo cual me contestaron que era improcedente por que la Sra. era pariente y que iba a ese domicilio a visitar al cuñado y ex suegra que vivia alli, la clienta nunca me habia contado ese parentezco por afinidad, pues bien ella estuvo casada con el hermano del patron, pero divorciada hace 10 años, mi duda radica en el parentezco, cuando el decreto excluye del servicio domestico a los parientes , ¿ estos son solo los de linea directa o por afinidad tambien?, bueno si alguien sabe , gracias por compartir sus conocimientos.
 #772348  por hugo2
 
karina2010 escribió:Tengo un caso de empleada domestica con una antiguedad de 25 años de l a v de 8 a 17 hs, que de a poco le sacaron horas y luego de unos meses le dijeron que no la necesitaban mas ( los hijos crecieron, se casaron y el matrimonio quedo solo en la casa, no necesitaban a la empleada, todo el dia), mande telegrama pidiendo indemnizacion segun decreto 326/56, por lo cual me contestaron que era improcedente por que la Sra. era pariente y que iba a ese domicilio a visitar al cuñado y ex suegra que vivia alli, la clienta nunca me habia contado ese parentezco por afinidad, pues bien ella estuvo casada con el hermano del patron, pero divorciada hace 10 años, mi duda radica en el parentezco, cuando el decreto excluye del servicio domestico a los parientes , ¿ estos son solo los de linea directa o por afinidad tambien?, bueno si alguien sabe , gracias por compartir sus conocimientos.
Cualquier grado.
 #772574  por ISIS
 
La jurisprudencia del fuero laboral reconoce que "las personas emparentadas a las cuales refiere el artículo 2do del decreto-ley 326/56 son únicamente los ascendientes, descendientes, hermanos y afines en línea recta" (cfr. C. Nac. Trab.,EN PLENO, 14/07/1970- VIDAL, ANA E).
 #772649  por karina2010
 
Ok. gracias Isis, por tu aporte, a mi duda.Es asi como vos decis, lo consulte con un juez laboral de pcia. y me respondio lo mismo .