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  • poder general a una persona detenida

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 #773748  por evelin1010
 
Estimanos colegas les conaulto por un caso que se me presento y estoy muy desorientadaun cliente que actualmente se encuentra detenido quiere que lo represente en un caso por daños contra una preaa de ferrocarril el problema me surge porque necesito que me firme un poder general judicial y no se como deberia hacwrlo twniendo en cuenta la imposibilidas de que concurra a una escribania. Desde ya gracias al que me pueda ostentar saludos
 #774301  por lilianasarda
 
Por el momento no tenes problema, asi que podespedir una autorizacion al juez para que un escribano asista al acto, o talvez tenes suerte y te lo autentican en el mismo juzgado, aunque no creo que se molesten en librar un comparendo para facilitarte las cosas, que queres, estoy vieja y cansada. Pero al margen de eso ponele mucho gas, porque si lo llegan a condenar todo tu trabajo pasa a segundo plano y te quedas mirando el resarcimiento delaccidente como selo leva la fiscalia y el particular damnificado o la victima. Liliana.-
 #782383  por lavueltadelgt
 
lilianasarda escribió:Por el momento no tenes problema, asi que podespedir una autorizacion al juez para que un escribano asista al acto, o talvez tenes suerte y te lo autentican en el mismo juzgado, aunque no creo que se molesten en librar un comparendo para facilitarte las cosas, que queres, estoy vieja y cansada. Pero al margen de eso ponele mucho gas, porque si lo llegan a condenar todo tu trabajo pasa a segundo plano y te quedas mirando el resarcimiento delaccidente como selo leva la fiscalia y el particular damnificado o la victima. Liliana.-
Es cierto lo que dice la colega, pero 8) en este caso se concurre con un escribano, en su lugar de deteción, y se firma una cesión de derechos, a favor de algun paríente (o del letrado 8) , y se pide autorización al juez para realizar "actos impostergables de la vida civil", el motivo es ...(NADA), acto impostergable de la vida civil...., es decir la firma de una cesión de derechos, si quiere más información, no se la da.
En este caso, se puede iniciar la demanda con la firma de la parte y listo, si hay mediación (es decir Capital), tiene que solicitarse con la citación a mediación la salida extramuros, sí o sí.
*cafe* El Gran Torrente.