Una duda, si alguien me puede ayudar, en el caso de una persona que triene aportes acá y en Uruguay , le voya a iniciar acá le tengo que completar solo 5 años que le faltan. La duda es se debe tener en cuenta 30 años de acuerdo lo que exige nuestro país o 35 años como pide uruguay. les agradezco muchisimo quein me pueda ayudar.-
liliana1 escribió:Una duda, si alguien me puede ayudar, en el caso de una persona que triene aportes acá y en Uruguay , le voya a iniciar acá le tengo que completar solo 5 años que le faltan. La duda es se debe tener en cuenta 30 años de acuerdo lo que exige nuestro país o 35 años como pide uruguay. les agradezco muchisimo quein me pueda ayudar.-
A partir del 1 de julio del 2009, (vigencia 01-01-2010) se modifican los años de trabajo mínimos para jubilarse, por la ley 18395 se determino que se tiene causal jubilatoria a los 60 años de edad y 30 años de trabajo, debidamente declarados ante el BPS. Hombres y mujeres iguales requisitos.-
