Muy buenas noches foristas, tengo 2 dudas:
-debo notificar "puro derecho" a la anses, se trata del Juzgado 4 de la Cap. Fed., pregunta básica la mia, pero debo firmarla yo? o la firma el juzgado? Perdón mi ignorancia, pero hace poco que me dedico a lo previsional y a veces me siento colgado.
-Y por último, el traslado de la demanda en el juzgado 6 lo hace la parte actora por oficio, ó se encarga de hacerlo el mismo Juzg.?
Gracias de antemano!
-debo notificar "puro derecho" a la anses, se trata del Juzgado 4 de la Cap. Fed., pregunta básica la mia, pero debo firmarla yo? o la firma el juzgado? Perdón mi ignorancia, pero hace poco que me dedico a lo previsional y a veces me siento colgado.
-Y por último, el traslado de la demanda en el juzgado 6 lo hace la parte actora por oficio, ó se encarga de hacerlo el mismo Juzg.?
Gracias de antemano!
