Hola, perdon por tantas preguntas, cuando me sienta segura, podre yo responder por ahora solo entro leo mucho y pregunto.
Tengo una duda con relacion a la aplicacion del art 3 de la 24476, ¿ si compro periodos con moratoria, de un autonomo con deuda, puedo aplicar art 3 en esos periodos o solo en los de deuda real ?
Otra confusion que tengo es si renuncio o prescribo deuda ¿ esos periodos renunciados se computan o no para alcanzar los 30 ?, porque tengo una pension con afiliacion en el 75, prescripto del 77 al 2001 y no prescriptos de 10/2001 a 02/2007 que pienso renunciar, pero no llegaria a los 30, aun con moratoria antes de la fecha de inscripcion seria 06/68 a 08/77.
En la pantalla de pagos tiene el ultimo realizado en 9/98, puedo poner el cese ahi, si renuncio hasta el 2007?
Si alguien me puede ayudar, hace muy poco que comence con previsional, muchas gracias.
Tengo una duda con relacion a la aplicacion del art 3 de la 24476, ¿ si compro periodos con moratoria, de un autonomo con deuda, puedo aplicar art 3 en esos periodos o solo en los de deuda real ?
Otra confusion que tengo es si renuncio o prescribo deuda ¿ esos periodos renunciados se computan o no para alcanzar los 30 ?, porque tengo una pension con afiliacion en el 75, prescripto del 77 al 2001 y no prescriptos de 10/2001 a 02/2007 que pienso renunciar, pero no llegaria a los 30, aun con moratoria antes de la fecha de inscripcion seria 06/68 a 08/77.
En la pantalla de pagos tiene el ultimo realizado en 9/98, puedo poner el cese ahi, si renuncio hasta el 2007?
Si alguien me puede ayudar, hace muy poco que comence con previsional, muchas gracias.
