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 #777873  por Fleur
 
Buenas! Soy Florencia, nueva en el asunto de los foros, asi que me introduzco mediante el planteo de la siguiente cuestión: mi jefa me pidió que redacte una Carta Documento a una compañía aseguradora para que prolonguen el plazo de entrega de los documentos pertinentes a la probatoria de un siniestro ocurrido en el mes de Diciembre del año pasado. Los dueños del vehículo robado tuvieron problemas judiciales y no pudieron cumplir con el plazo de entrega del material... Jefa (?) me dice que la Ley establece que tiene 1 año de prórroga, consulté a un asesor y me dice lo mismo, pero nadie me sabe decir DÓNDE dice eso, QUÉ ley lo respalda, qué norma regula esa prórroga... En fin, cómo preveé la Ley el tema de la prórroga en el período de presentación de la probatoria del Siniestro?