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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #780296  por rayana
 
Hola a todos, tengo una duda acerca de un caso de jubilación, esta persona es un hombre y en enero cumplirá 65 años, está inscripto en autónomos desde el año 1975 y nunca realizó aportes. Tendría que pagar de autónomos 1 año y medio para que los 28 años y medio restantes los tome por moratoria ley 24476 y así completar los 30 años. Aquí mi consulta a ustedes: la deuda en CCMA figura desde 4/2000 a 2/2007 (fue dado de baja de oficio porque no se recategorízó) y me pregunto: podría pagar la deuda del mes 12/95 y así tomarme el beneficio del art 3 ley 24476 que serian 7 años por DDJJ y así poder completar los 30 años de aporte? O puedo tomar en consideración la fecha de cese (de baja) y tomarme aunque sea sólo 1 año? gracias por su ayuda.
 #780394  por hugo2
 
rayana escribió:Hola a todos, tengo una duda acerca de un caso de jubilación, esta persona es un hombre y en enero cumplirá 65 años, está inscripto en autónomos desde el año 1975 y nunca realizó aportes. Tendría que pagar de autónomos 1 año y medio para que los 28 años y medio restantes los tome por moratoria ley 24476 y así completar los 30 años. Aquí mi consulta a ustedes: la deuda en CCMA figura desde 4/2000 a 2/2007 (fue dado de baja de oficio porque no se recategorízó) y me pregunto: podría pagar la deuda del mes 12/95 y así tomarme el beneficio del art 3 ley 24476 que serian 7 años por DDJJ y así poder completar los 30 años de aporte? O puedo tomar en consideración la fecha de cese (de baja) y tomarme aunque sea sólo 1 año? gracias por su ayuda.
Poder podes, pero te va a salir mas caro que un 0 km. :lol:
 #780622  por manolo22
 
hugo2 escribió:
rayana escribió:Hola a todos, tengo una duda acerca de un caso de jubilación, esta persona es un hombre y en enero cumplirá 65 años, está inscripto en autónomos desde el año 1975 y nunca realizó aportes. Tendría que pagar de autónomos 1 año y medio para que los 28 años y medio restantes los tome por moratoria ley 24476 y así completar los 30 años. Aquí mi consulta a ustedes: la deuda en CCMA figura desde 4/2000 a 2/2007 (fue dado de baja de oficio porque no se recategorízó) y me pregunto: podría pagar la deuda del mes 12/95 y así tomarme el beneficio del art 3 ley 24476 que serian 7 años por DDJJ y así poder completar los 30 años de aporte? O puedo tomar en consideración la fecha de cese (de baja) y tomarme aunque sea sólo 1 año? gracias por su ayuda.
Poder podes, pero te va a salir mas caro que un 0 km. :lol:
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