Hola colegas. Alguien podrá orientarme? Tengo una duda. En un expediente de alimentos en capital, se fijaron provisorios que el demandado no ha pagado, aun estando notificado. Ya se realizo la audiencia del 639 y el juicio continua por falta de acuerdo. La duda es si tengo que intimar sólo al pago de los provisorios ya firmes bajo apercibimeinto de ejecución, o debo directamente pedir el embargo acompañando la liquidación. Aclaro que recien se notificó el demandado el 16/10/2001, porque hubo que hacerlo bajo responsabilidad.