He leido la ley y no puedo encontrar resolución a este tema, por eso consulto si el CONTRATO DE COMODATO GRATUITO debe ser sellado en la Pcia. de Buenos Aires. Gracias
Hola,
Entiendo que no:
Ley 10.397, CODIGO FISCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: ARTÍCULO 251. Estarán sujetos al impuesto de Sellos, de conformidad con las disposiciones del presente Título, los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso, formalizados en el territorio de la Provincia, en instrumentos públicos o privados suscriptos que exterioricen la voluntad de las partes. http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 10397.html
Y el comodato es un contrato de carácter gratuito, como vos bien señalás, art. 2255 del CC.
Saludos!