Estimados Colegas Foristas:
Hola a todos, el motivo de mi mensaje es porque necesito de su ayudita (debido a que me empiezan a correr los plazos procesales) Paso a comentarles, en el día de ayer me vinieron a consultar los fliares de un cliente que está imputado como coautor en una IPP en pcia. Bs As. (actualmente detenido) por robo agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor en grado de tentativa en los términos del art. 41 quater, 42, 44 y 166 inc. 2 párr. 2do del CP. El hecho ocurrio hace casi un mes, el fiscal solicito prórroga para solicitar la Prisión preventiva, mi cliente al momento del 308 se niega a declarar por consejo del def. oficial, es primario (no posee antecedentes) al momento de la detención no hubo peligro de fuga (consta en el acta de procedimiento). Al momento de la detención eran 3 personas (mi cliente; otro mayor -con antecedentes- y un menor de edad, hno de este último), que el otro mayor es a quien ve el personal policial arrojar un arma a un costado que luego es secuestrada. Que la víctima (la cual se encontraba lesionada) cuando fué a la guardia del hospital a atenderse de urgencia, observa que habían tres sujetos custodiados por personal policial, y que al acercarse los reconoce como los que intentaron robarle. Señalando al otro mayor (no a mi cliente), como quien fué el que portaba el arma con la que fué persuadido. Posteriormente, cuando me presento en la Ufi para aceptar el cargo, me informan que el fiscal habia solicitado la Pp. y que el juez había hecho lugar al pedido, que la misma había pasado al juzg. de Gtias. Me presento en este último y me informan que efectivamente el juez habia hecho lugar a la prisión preventiva, y que las partes se estaban notificando en el transcurso del día, y no obstante a eso, el fiscal habia solicitado la elevación a juicio. Como pueden observar me encuentro con los plazos justos... La cuestión es la siguiente: 1- Mi cliente quiere declarar, le hice un escrito solicitando ampliar declaración en los términos del Art. 308 y 317 del CPPBA, aún no lo presenté (porque me encontré que dieron lugar a la preventiva y que ya esta el requerimiento de elevación) quisiera saber si en esta instancia en la que me encuentro, es conveniente que mi cliente declare, puesto que me estan corriendo los plazos para apelar y oponerme al requerimiento; o si apelo y me opongo, y luego solicito que declare??? 2- Voy apelar la prisión preventiva, pero tb me gustaria solicitar una excarcelación, o en su defecto la morigeración de la prisión preventiva, En este punto que me aconsejarían... Apelo a la experiencia de cada uno, puesto que en este momento todo consejo me es útil.... Otra cosa que pensé, es que si pido la excarcelación y me la deniegan, luego la tengo que apelar, y para ello me convendría que se le tome declaración cuanto antes para poder agregarla a los fundamentos, espero opiniones... 3- Por lo que surge de la IPP, creo que tb existe la posibilidad de plantear la nulidad del acta, puesto que la víctima los ve en el hospital a la hora posterior a la que ocurrió el hecho, y los señala como los presuntos autores, y no solo consta en el acta y en su declaración en sede policial, sino que después la ractifica en sede judicial.... A mi entender, es nula. No sé que opinan ustedes???? Otra inquietud que tengo es, si me conviene plantear la nulidad en esta instancia o esperar (en el caso de que se eleve la causa a juicio). Por favor, queridos colegas, espero opiniones de quienes me puedan ayudar, debido a que es la primera vez que me toca un caso en el que estoy tan complicada con el tema de los plazos. Demás está decir que toda opinión me sirve, Desde ya les agradezco
Hola a todos, el motivo de mi mensaje es porque necesito de su ayudita (debido a que me empiezan a correr los plazos procesales) Paso a comentarles, en el día de ayer me vinieron a consultar los fliares de un cliente que está imputado como coautor en una IPP en pcia. Bs As. (actualmente detenido) por robo agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor en grado de tentativa en los términos del art. 41 quater, 42, 44 y 166 inc. 2 párr. 2do del CP. El hecho ocurrio hace casi un mes, el fiscal solicito prórroga para solicitar la Prisión preventiva, mi cliente al momento del 308 se niega a declarar por consejo del def. oficial, es primario (no posee antecedentes) al momento de la detención no hubo peligro de fuga (consta en el acta de procedimiento). Al momento de la detención eran 3 personas (mi cliente; otro mayor -con antecedentes- y un menor de edad, hno de este último), que el otro mayor es a quien ve el personal policial arrojar un arma a un costado que luego es secuestrada. Que la víctima (la cual se encontraba lesionada) cuando fué a la guardia del hospital a atenderse de urgencia, observa que habían tres sujetos custodiados por personal policial, y que al acercarse los reconoce como los que intentaron robarle. Señalando al otro mayor (no a mi cliente), como quien fué el que portaba el arma con la que fué persuadido. Posteriormente, cuando me presento en la Ufi para aceptar el cargo, me informan que el fiscal habia solicitado la Pp. y que el juez había hecho lugar al pedido, que la misma había pasado al juzg. de Gtias. Me presento en este último y me informan que efectivamente el juez habia hecho lugar a la prisión preventiva, y que las partes se estaban notificando en el transcurso del día, y no obstante a eso, el fiscal habia solicitado la elevación a juicio. Como pueden observar me encuentro con los plazos justos... La cuestión es la siguiente: 1- Mi cliente quiere declarar, le hice un escrito solicitando ampliar declaración en los términos del Art. 308 y 317 del CPPBA, aún no lo presenté (porque me encontré que dieron lugar a la preventiva y que ya esta el requerimiento de elevación) quisiera saber si en esta instancia en la que me encuentro, es conveniente que mi cliente declare, puesto que me estan corriendo los plazos para apelar y oponerme al requerimiento; o si apelo y me opongo, y luego solicito que declare??? 2- Voy apelar la prisión preventiva, pero tb me gustaria solicitar una excarcelación, o en su defecto la morigeración de la prisión preventiva, En este punto que me aconsejarían... Apelo a la experiencia de cada uno, puesto que en este momento todo consejo me es útil.... Otra cosa que pensé, es que si pido la excarcelación y me la deniegan, luego la tengo que apelar, y para ello me convendría que se le tome declaración cuanto antes para poder agregarla a los fundamentos, espero opiniones... 3- Por lo que surge de la IPP, creo que tb existe la posibilidad de plantear la nulidad del acta, puesto que la víctima los ve en el hospital a la hora posterior a la que ocurrió el hecho, y los señala como los presuntos autores, y no solo consta en el acta y en su declaración en sede policial, sino que después la ractifica en sede judicial.... A mi entender, es nula. No sé que opinan ustedes???? Otra inquietud que tengo es, si me conviene plantear la nulidad en esta instancia o esperar (en el caso de que se eleve la causa a juicio). Por favor, queridos colegas, espero opiniones de quienes me puedan ayudar, debido a que es la primera vez que me toca un caso en el que estoy tan complicada con el tema de los plazos. Demás está decir que toda opinión me sirve, Desde ya les agradezco
