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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #783115  por drelinag
 
la carss me denegó una pensión sin afiliación, lo peor es que no fué por la falta de afiliación sino porque mi cliente tiene beneficio jubilatorio !pero la causante falleció en el 2002! y mi cliente se jubiló en 2008. podré plantear reconsideración ante la misma carss?
 #783124  por yellowlemon
 
drelinag escribió:la carss me denegó una pensión sin afiliación, lo peor es que no fué por la falta de afiliación sino porque mi cliente tiene beneficio jubilatorio !pero la causante falleció en el 2002! y mi cliente se jubiló en 2008. podré plantear reconsideración ante la misma carss?
Hola. He leido que se puede interponer recurso de revisión (no recuerdo si revisión es éste el termino) donde se pide revisión del recurso de revisión. Igualmente fijate en el buscador, ese tema lo leí de éste foro.
 #783174  por alejandra01
 
yo averiguaría en la carss si la resolucion es apelable o tenés que ir directamente al amparo.
La respuesta del forista anterior no me convenció, ya que la instancia a la carss ya es propiamente uno de los recursos que tenemos. Realmente no creo que sea posible volver a recurrir contra la carss, pero hay que preguntar. Si conseguís el teléfono llamá a preguntar...
 #783191  por andrea37
 
Hola, en la carss me dijeron que si se puede pedir revisión, fue hace unos años, no llegué a hacerlo porque se resolvió en forma favorable.
 #783193  por diegomdp
 
si podes pedir recurso de reconsideracion ante una denegatoria de la carss sino recuerdo mal la resolucion 24100 o 24213 se da ese caso lo que me suena raro es porque la carss introdujo algo que no estaba en la resolucion denegatoria orignal, y como siempre digo la carss es una caja de pandora sobre todo cuando mandan a abogados de las udias a dictaminar
 #783218  por varelamariac
 
tenes la resoluc, dice que te lo deniega por falta da inscrip o porque tiene otro beneficio?
Vos porque lo mandaste a la carss?, cual fue la primera denegatoria de la UDAI?
 #783442  por alejandra01
 
http://www.anses.gob.ar/jubilados/trami ... efault.php



Trámites | Recurso de Revisión ante la CARSS




A) En caso de disconformidad total ó parcial frente a lo decidido mediante una Resolución de la Unidad de origen, Ud. ó su apoderado pueden interponer “Recurso de Revisión” ante la CARSS.

Están excluidos del conocimiento de la CARSS los recursos que traten acerca de:
Reajustes por movilidades
Grado de incapacidad del peticionante
Planteos de inconstitucionalidad

El “Recurso de Revisión” se presenta mediante un escrito dirigido a la Presidencia de la CARSS, el que deberá contener como requisitos mínimos: la individualización de la Resolución que se recurre, y los fundamentos sobre los cuáles se basa el error ú omisión en que incurriere la Unidad interviniente. Puede acompañar toda la prueba que considere haga a su derecho. Es importante recordar que dicha presentación no requerirá necesariamente asistencia letrada. El plazo para efectuar la solicitud de turno es dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos contados desde la fecha de notificación de la Resolución que se pretende revisar.



Para realizar la presentación usted debe solicitar un turno, desde la Autopista de Servios, haciendo click aquí o a través del número gratuito 130, de 8 a 20hs. Luego deberá presentarse en la delegación asignada con la documentación correspondiente.



B) En caso de disconformidad total ó parcial frente a lo decidido mediante una Resolución de la CARSS, Ud. ó su apoderado pueden interponer “Recurso de Reconsideración” ante esta comisión.
Quedan excluídos los mismos temas que para el caso A. En este caso el plazo para efectuar la presentación es dentro de los DIEZ (10) días hábiles.

Ambos “Recursos” son de carácter optativo y suspenden los plazos para recurrir ante la Justicia Federal. Su presentación NO significa la renuncia de la instancia judicial.

Es importante tener en cuenta que para la realización de todos los trámites deben estar acreditados los datos personales en la Base de ANSES, los cuales puede verificar a través de la solapa Autopista de Servicios, desde aquí. En caso que no haya registro de sus datos, podrá acreditar los mismos en el momento que concurra a la delegación de ANSES para realizar el trámite previsto. No olvide presentarse con su documento de identidad.
 #783454  por fabidoc
 
drelinag escribió:la carss me denegó una pensión sin afiliación, lo peor es que no fué por la falta de afiliación sino porque mi cliente tiene beneficio jubilatorio !pero la causante falleció en el 2002! y mi cliente se jubiló en 2008. podré plantear reconsideración ante la misma carss?
lUEGO DE RECURRIR A LA CARSS TENES 2 RECURSOS MAS:

-el de reconsideración de resoluciones dictadas por la CARSS (dentro de los 10 dias hábiles de notificado el acto).

- el de aclaratoria de las resoluciones de la CARSS (dentro de los 5 días hábiles de la notificación del acto), conforme art. 102 del decreto 1759/72, reglamentario de la ley 19.549.
 #783489  por tincho_20
 
Ah bueno esto es increibleeee. Estas segura que es solo por eso ???, porq no hay duda alguna q si el causante fallecio antes del 24/10/2006 y la solicitante es jubilada, le corresponde el beneficio. la duda recaia si el causante fallecio luego del 24/10/2006, pero fue acalrada con la circular 36/09.
 #783511  por drelinag
 
tincho, te cuento y les cuento a todos. yo inicio pensión directa sin afiliación en udai Berazategui, para un sr. cuyo nombre de pila es Karol. la udai me lo deniega como si fuese una "pensionada que pide jubilación" . recurro igual a carss invocando los principios de economía procesal etc. dándome por notificada por la causal de falta de inscripción en pensión directa, llega a carss y ellos lo devuelven a Berazategui para que corrijan la resolución, vuelve a carss y después de un año y medio entre idas y vueltas sale denegado por tener el solicitante un beneficio, como les dije, el cliente es un jubilado en el año 2008 y la causante fallece en 2002, se lo comento al tipo que me atiende en carss y me dice : "cualquiera puede equivocarse", ¿ voy tipo día de furia con una maetralladora? :lol: :x
 #783516  por noelin
 
PLANTEA LA RECONSIDERACION URGENTE!!!! YO LO HICE MUCHAS VECES. FIJATE Q EL CASO ESPARZA ( TRATA OTRO TEMA) PROVIENE DE UNA RECONSIDERACION. NO TENGAS DUDAS!!
 #783519  por drelinag
 
gracias a todos *flor* . ¿estamos todos locos? ¿será un error? o una nueva maniobra dilatoria de la ANSeS?
 #783659  por tincho_20
 
drelinag escribió:tincho, te cuento y les cuento a todos. yo inicio pensión directa sin afiliación en udai Berazategui, para un sr. cuyo nombre de pila es Karol. la udai me lo deniega como si fuese una "pensionada que pide jubilación" . recurro igual a carss invocando los principios de economía procesal etc. dándome por notificada por la causal de falta de inscripción en pensión directa, llega a carss y ellos lo devuelven a Berazategui para que corrijan la resolución, vuelve a carss y después de un año y medio entre idas y vueltas sale denegado por tener el solicitante un beneficio, como les dije, el cliente es un jubilado en el año 2008 y la causante fallece en 2002, se lo comento al tipo que me atiende en carss y me dice : "cualquiera puede equivocarse", ¿ voy tipo día de furia con una maetralladora? :lol: :x
claro fue un error. otra no queda a mi hace 3 dias me acordo 2 pensiones la carss, por eso me parecia raro.
 #784098  por fabidoc
 
Sarmiento 732, decimo piso.