en virtud de la Resolucion 62:
los pencionados que cobren el beneficio por viudez, cuando el cuasante (muerto) haya muerto antes del 25 de octubre de 2006, puden jubilarse abonando solo la primer cuota de la moratoria.-
es asi?
los pencionados que cobren el beneficio por viudez, cuando el cuasante (muerto) haya muerto antes del 25 de octubre de 2006, puden jubilarse abonando solo la primer cuota de la moratoria.-
es asi?