Una persona fue denunciada penalmente por estafa hace 3 años y medio. Se abrio una IPP, y se la notifico por el art. 60 del CPPPBA, en la causa esta solo la denuncia y la declaracion de un testigo, que dice que vio que le entregaban un dinero, pero no sabe para que. Nunca se la cito a indagatoria. En la fiscalia me dicen que la causa no esta archivada, que figura activa, que no hay dictado de sobreseimiento porque al imputado no se lo cito a indagatoria. Que me conviene hacer, esperar que pase el tiempo, a ver si llega a la prescripcion, ya que si bien no esta archivada, hace mas de un año y medio que no tiene movimientos, solo hay aportada alguna documentacion a mi entender sin valor probatorio. Mi idea es dejarla asi. Alguna opinion mas experimentada ??? Gracias.