aclaro mi peticion: quiero iniciar por el 214 inc. 2 el divorcio, pero no por mutuo acuerdo, si no que mi clente quiere divorciarse por esa causal (separacion de hechos sin voluntad de unirse) ...... siempre invoque esa causal por mutuo acuerdo, mi duda es: PUEDO INICIAR EL DIVORCIO DE FORMA UNILATERAL INVOCANDO ESA CAUSAL OBJETIVA?
GRACIAS
si se puede. Ofrece testigos que acrediten la interrupcion de la convivencia. Igualmente gralmente declaran la cuestion de puro derechoy pasa directo a sentencia, si en la aud ambas partes estan de acuerdo.
la causal objetiva es unilateral
la que es de comun acuerdo es "causas graves que hacen imposible la vida en comun"
son cosas distintas.-
fijate si te dan los plazos y dale para adelante
saludos
Si te sirve mi experiencia, yo inicié una en San martín, la sortié con el escrito demanda firmada por el marido, la notifiqué de la 1er audiencia vía CD, dado que va a etapa previa por ser contradictorio, y concurrió con su letrada, aceptó el hecho y se conviritó en un 215 digamos, en 6 meses un año lo tenes si la otra parte te lo reconoce en audiencia.