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  • Consulta sobre desparalización en Quilmes

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 #788655  por blueyellow
 
Hoy estuve en Quilmes, pidiendo la desparalización y puesta en letra de un expediente civil, pues mi cliente pudo ubicar finalmente el domicilio para notificar una cuestión de puro derecho. Ahora bien, la paralización es de la feria de julio 2011. Me dijeron que la semana que viene pasara para preparar la nota. Alguien puede indicarme si ello implica otra presentación o algún tipo de oficio que hubiera que hacer? Es en el juzgado civil y comercial 1 de Quilmes. Desde ya muchas gracias a quién me pueda guiar.
 #788745  por abogado1987
 
blueyellow escribió:Hoy estuve en Quilmes, pidiendo la desparalización y puesta en letra de un expediente civil, pues mi cliente pudo ubicar finalmente el domicilio para notificar una cuestión de puro derecho. Ahora bien, la paralización es de la feria de julio 2011. Me dijeron que la semana que viene pasara para preparar la nota. Alguien puede indicarme si ello implica otra presentación o algún tipo de oficio que hubiera que hacer? Es en el juzgado civil y comercial 1 de Quilmes. Desde ya muchas gracias a quién me pueda guiar.
tendría presente el
ARTICULO 135°: Notificación personal o por cédula. Sólo serán notificadas personalmente o por cédula las siguientes resoluciones: ...
7°) La primera providencia que se dicte después que un expediente haya vuelto del archivo de los tribunales, o haya estado paralizado o fuera de secretaría más de 3 meses.
 #971075  por Briank
 
Yo tengo un expediente por un divorcio en Provincia de Buenos Aires (San Isidro) que solamente estuvo paralizado un mes, la resolución dice "Notifiquese" pero no especifica domicilio. No se a que domicilio tengo que notificar si al real o al constituido, ya hubo sentencia y ambos ya fueron notificados de ella, lo único que falta es inscribir el divorcio. Me dijeron en el Juzgado que notifique al real, supuestamente le preguntaron al Secretario, el problema es que vive en Jose C Paz y cuando vuelva la cédula va a estar paralizado de nuevo!, en el escrito de demanda ya todos constituimos domicilio, pregunte en otros Juzgados y dijeron que la notificación va al constituido, eso seria mas entendible ya que estoy dentro del radio y va mas rápido, alguien podría sacarme esta duda? muchas gracias.
 #971133  por diegoignacio
 
blueyellow escribió:Hoy estuve en Quilmes, pidiendo la desparalización y puesta en letra de un expediente civil, pues mi cliente pudo ubicar finalmente el domicilio para notificar una cuestión de puro derecho. Ahora bien, la paralización es de la feria de julio 2011. Me dijeron que la semana que viene pasara para preparar la nota. Alguien puede indicarme si ello implica otra presentación o algún tipo de oficio que hubiera que hacer? Es en el juzgado civil y comercial 1 de Quilmes. Desde ya muchas gracias a quién me pueda guiar.
solo haga un escrito pidiendo el saque de paralizado, algunos juzgados tambien solicitan que haga un movimiento util y por ello debe acompañar un escrito solicitando algo.
 #971135  por diegoignacio
 
Briank escribió:Yo tengo un expediente por un divorcio en Provincia de Buenos Aires (San Isidro) que solamente estuvo paralizado un mes, la resolución dice "Notifiquese" pero no especifica domicilio. No se a que domicilio tengo que notificar si al real o al constituido, ya hubo sentencia y ambos ya fueron notificados de ella, lo único que falta es inscribir el divorcio. Me dijeron en el Juzgado que notifique al real, supuestamente le preguntaron al Secretario, el problema es que vive en Jose C Paz y cuando vuelva la cédula va a estar paralizado de nuevo!, en el escrito de demanda ya todos constituimos domicilio, pregunte en otros Juzgados y dijeron que la notificación va al constituido, eso seria mas entendible ya que estoy dentro del radio y va mas rápido, alguien podría sacarme esta duda? muchas gracias.
aveces sucede que al entrar en paralizado el domicilio constituido se cae y por eso hay que notificar al real, pero seguramente ese notifiquese es por nota.
meta cedula al constituido y espero a ver que dicen
 #971146  por Briank
 
diegoignacio escribió:
Briank escribió:Yo tengo un expediente por un divorcio en Provincia de Buenos Aires (San Isidro) que solamente estuvo paralizado un mes, la resolución dice "Notifiquese" pero no especifica domicilio. No se a que domicilio tengo que notificar si al real o al constituido, ya hubo sentencia y ambos ya fueron notificados de ella, lo único que falta es inscribir el divorcio. Me dijeron en el Juzgado que notifique al real, supuestamente le preguntaron al Secretario, el problema es que vive en Jose C Paz y cuando vuelva la cédula va a estar paralizado de nuevo!, en el escrito de demanda ya todos constituimos domicilio, pregunte en otros Juzgados y dijeron que la notificación va al constituido, eso seria mas entendible ya que estoy dentro del radio y va mas rápido, alguien podría sacarme esta duda? muchas gracias.
aveces sucede que al entrar en paralizado el domicilio constituido se cae y por eso hay que notificar al real, pero seguramente ese notifiquese es por nota.
meta cédula al constituido y espero a ver que dicen
Hoy fui a otro Juzgado, un Civil, que tenia que notificar otra resolución y le pregunte esta va al constituido no y me dijo que si nunca se paralizo si, porque los constituidos se caen, justo salio la conversación y le pregunte a la abogada de al lado, pero si estuvo un mes también?? y me dijo si. Igual eso de mandarlo al constituido y tirarme el lance me lo dijeron todos, pero no se si es lo mas seguro. Estuve buscando en los foros doctrina o explicación respecto al tema lamentablemente no encontré, algunos dicen una cosa y otros otra, pero no encontré un articulo de doctrina claro, todos dicen depende de la postura del Juzgado, asique imagino que el Secretario del Juzgado de Familia de San Isidro tiene razón, gracias, si sabes de articulo sobre el tema que pueda enriquecer esta cuestión o jurisprudencia te lo voy a super agradecer. Saludos.