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 #789428  por ManuEsc
 
Hola, les agradecería infinitamente me ayudaran con esta consulta:
El inquilino de mi depto. me informó telefónicamente que en 15 días se muda a otro lugar (el contrato de locación tiene validez hasta mediados de 2012). Le hice saber que, según lo establecido en la clausula de rescisión, debió notificarme esa decisión en forma fehaciente con 60 días de anticipación, y dado que esto no sucedió, además de abonar la indemnización por rescisión de contrato (un mes de alquiler por superar el contrato el año de vigencia), deberá abonar como indemnización por preaviso los dos meses de alquiler correspondientes a esos 60 días.
Como pasaron los días y no recibí tampoco ningún tipo de notificación por parte del inquilino, volví a comunicarme con él, quien con bastante disgusto me manifestó que solo va a pagarme 2 meses más de alquiler pero que, a pesar de dejar de vivir en mi depto., no me va a devolver la llave hasta dentro de 2 meses porque el contrato no dice nada respecto de la indemnización por preaviso.
Le transcribo la claúsula de rescisión de nuestro contrato de locación:
"Se deja expresa constancia que transcurridos los primeros 6 meses del plazo contractual, la locataria podrá rescindir el presente, previa comunicación fehaciente a la locadora con 60 días de anticipación. De hacer uso de la opción en el primer año de vigencia de la relación locativa, deberá abonar a la locadora en concepto de indemnización, la suma equivalente a un mes y medio de alquiler vigente en el momento de desocupar el inmueble; y la de un solo mes, si la opción se ejercitara trascurrido dicho lapso."
¿Es este proceder del inquilino correcto/legal?.
En caso de que no me devuelva la llave, ¿debo exigirle además el pago de las expensas e impuestos del depto. durante ese lapso tal como venía haciéndolo?.
Si no me envía carta documento ni otro tipo de notificación, ¿qué hago?.
Creo estar demandándole el pago de lo que me corresponde legalmente, ¿o estoy equivocado?.
Ojalá puedan orientarme al respecto.