Hola a todos, inicié una pensión derivada por parte de la concubina, se la otorgaron y cobró retroactivo. El causante, jubilado, era casado, separado de hecho y su esposa es de otra provincia, ahora llegó una carta de anses de la provincia de la esposa que reclama la pensión también.
El causante había iniciado el divorcio con causa pero luego de fallecer quedó sin curso la demanda. Y el haber jubilatorio estaba embargado por alimentos por un hijo de la esposa pero que tenía 40 años y no era discapacitado, es que nunca se dió la baja por mayoría de edad.
Mi pregunta es la esposa puede reclamar la pensión si estaba separada de hecho y en el divorcio presentado ella dio la causal para la separación, aunque nunca se comprobó en el mismo, porque no compareció, no era acreedora de alimentos del causante? Le corresponde el 50% de la pensión junto a la concubina? y con el retroactivo que me imagino que la concubina ya lo gastó que pasa?
El causante había iniciado el divorcio con causa pero luego de fallecer quedó sin curso la demanda. Y el haber jubilatorio estaba embargado por alimentos por un hijo de la esposa pero que tenía 40 años y no era discapacitado, es que nunca se dió la baja por mayoría de edad.
Mi pregunta es la esposa puede reclamar la pensión si estaba separada de hecho y en el divorcio presentado ella dio la causal para la separación, aunque nunca se comprobó en el mismo, porque no compareció, no era acreedora de alimentos del causante? Le corresponde el 50% de la pensión junto a la concubina? y con el retroactivo que me imagino que la concubina ya lo gastó que pasa?
