Hola. Tuve un caso similar y un forista me paso el decreto que se aplica en estos casos.
Saludos.
DECRETO 469/99
5. Si el período de afiliación fuera inferior a TREINTA Y SEIS (36) meses se considerará, a los fines enunciados a los apartados 1 y 2 de la presente reglamentación, el total de meses de afiliación respetando las proporciones de meses aportados allí establecidas a los fines de la calificación del aportante.
TABLA DE LA PROPORCIONALIDAD
LA REGULARIDAD DEL TRABAJADOR CON MENOS DE 36 MESES TRABAJADOS
En los casos que el trabajador se incapacitare o falleciera antes de cumplir con los mínimos requeridos
para la obtención de su condición de aportante regular o irregular con derecho, deberá aplicarse su
tiempo trabajado de acuerdo con la proporcionalidad que se visualiza en la tabla adjunta.
La fórmula se basa en una regla de 3 simple, donde para el regular con derecho se tomará el 30, el cual
se dividirá por 36 y se multiplicará por la cantidad de meses realmente trabajados. Se obtendrá un
resultado con fracciones. Dicha fracción se transformará en días considerando al mes como si tuviera
siempre 30 días.
Así, si una persona trabajó desde su inicio laboral 33 meses, el cálculo será 30 x 33 / 36 = 27,50. La
fracción 0,50 se multiplicará x 30, lo cual dará 15 días.,Tendrá la condición de aportante regular con 27
meses y 15 días trabajados. Si tuviera 1 día menos se convierte en irregular con derecho.
En el caso del cálculo del irregular con derecho, el mismo será 18 x 33 / 36 = 16,50, o sea adquirió la
condición de aportante irregular con derecho con 16 meses y 15 días trabajados.
AFILIACION REGULAR IRREGULAR
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LABORAL MESES DIAS MESES DIAS
36 30 0 18 0
35 29 5 17 15
34 28 10 17 0
33 27 15 16 15
32 26 20 16 0
31 25 25 15 15
30 25 0 15 0
29 24 5 14 15
28 23 10 14 0
27 22 15 13 15
26 21 20 13 0
25 20 25 12 15
24 20 0 12 0
23 19 5 11 15
22 18 10 11 0
21 17 15 10 15
20 16 20 10 0
19 15 25 9 15
18 15 0 9 0
17 14 5 8 15
16 13 10 8 0
15 12 15 7 15
14 11 20 7 0
13 10 25 6 15
12 10 0 6 0
11 9 5 5 15
10 8 10 5 0
9 7 15 4 15