Estimados amigos:
Solicito opinión sobre lo siguiente.
Me consulta un cliente que se encuentra pagando cuotas pactadas en la refinanciación hipotecaria de la ley 25798.
Esta refinanciación que tuvo como finalidad aliviar la situación de muchos deudores hipotecarios,que no habían podido cumplir sus obligaciones en la crisis del 2001,tiene claras ventajas.
Entre ellas una tasa de interes del 3%. Anual.
Además:
El monto del pago mensual se calculaba ,en una cifra determinada ,pero no `podía exceder el 20% del ingreso del grupo familiar.Caso contrario,a la cupta se le aplicaba ese tope.
A esta situación se debe agregar que está por sancionarse…o ya se encuentra vigente,una ley que impide la ejecución de las viviendas únicas.
Estas ventajas,tenían en contraste algunos riesgos,como aquel que establecía que no se podían adeudadar,más de 3 cuotas consecutivas,o 5 alternadas en todo el plan.
La mecánica:
Un fideicomiso creado en la ley, se hacía cargo de las deudas impagas;y asumía el rol de acreedor.
En el caso de mi cliente,el acreedor original fue el BANCO NACIÓN
En este momento adeuda 2 o 3 cuotas,con tope,Situación que corregirá el lunes.
Hace unos días,y por eso me consulta le envían una correspondencia simple a su domicilio que dice textualmente:
REF.: SU DEUDA VENCIDA E IMPAGA CON EL BANCO NACIÓN ARGENTINA
“Por medio de la presente comunicamos a Ud . a efectos de invitarlo a acercarse a la sucursal con el fin de llegar a un arreglo de su deuda con nuestro Banco debido a que
podemos brindarle impotantes quitas o rebajas en el saldo adeudado,otorgadas por Resolución del Honorable Directorio del Banco de la Nación Argentina.-“
DUDAS:
Se encuentra el Banco Nación en condiciones de ofrecer ventajas o refinanciación en una relación jurídica en la que perdió su carácter de acreedor?.....las cuotas siempre se pagaron en una sucursal de la entidad.-
Existe algún cambio legislativo o nueva normativa al respecto?(ley 25798)
Se puede consultar la referida Resolución del Honorable Directorio del Banco Nación en Internet?
Mi consejo al cliente:
Que pague las cuotas adeudadas,y que acuda a la entrvista a escuchar…..nada más.
espero sus opiniones-gracias
Solicito opinión sobre lo siguiente.
Me consulta un cliente que se encuentra pagando cuotas pactadas en la refinanciación hipotecaria de la ley 25798.
Esta refinanciación que tuvo como finalidad aliviar la situación de muchos deudores hipotecarios,que no habían podido cumplir sus obligaciones en la crisis del 2001,tiene claras ventajas.
Entre ellas una tasa de interes del 3%. Anual.
Además:
El monto del pago mensual se calculaba ,en una cifra determinada ,pero no `podía exceder el 20% del ingreso del grupo familiar.Caso contrario,a la cupta se le aplicaba ese tope.
A esta situación se debe agregar que está por sancionarse…o ya se encuentra vigente,una ley que impide la ejecución de las viviendas únicas.
Estas ventajas,tenían en contraste algunos riesgos,como aquel que establecía que no se podían adeudadar,más de 3 cuotas consecutivas,o 5 alternadas en todo el plan.
La mecánica:
Un fideicomiso creado en la ley, se hacía cargo de las deudas impagas;y asumía el rol de acreedor.
En el caso de mi cliente,el acreedor original fue el BANCO NACIÓN
En este momento adeuda 2 o 3 cuotas,con tope,Situación que corregirá el lunes.
Hace unos días,y por eso me consulta le envían una correspondencia simple a su domicilio que dice textualmente:
REF.: SU DEUDA VENCIDA E IMPAGA CON EL BANCO NACIÓN ARGENTINA
“Por medio de la presente comunicamos a Ud . a efectos de invitarlo a acercarse a la sucursal con el fin de llegar a un arreglo de su deuda con nuestro Banco debido a que
podemos brindarle impotantes quitas o rebajas en el saldo adeudado,otorgadas por Resolución del Honorable Directorio del Banco de la Nación Argentina.-“
DUDAS:
Se encuentra el Banco Nación en condiciones de ofrecer ventajas o refinanciación en una relación jurídica en la que perdió su carácter de acreedor?.....las cuotas siempre se pagaron en una sucursal de la entidad.-
Existe algún cambio legislativo o nueva normativa al respecto?(ley 25798)
Se puede consultar la referida Resolución del Honorable Directorio del Banco Nación en Internet?
Mi consejo al cliente:
Que pague las cuotas adeudadas,y que acuda a la entrvista a escuchar…..nada más.
espero sus opiniones-gracias