Estimados colegas:
Podrá prosperar una ejecucion de honorarios de mediador porque el requirente inició el juicio dentro del plazo de 60 dias y no notifico al mediador? En el caso no pago ni los honorarios provisionales establecidos por el art.28 del dec.1467/2011.
Si leemos el art.28 del dec 1467/2011 dice que la falta de notificacion al mediador de la iniciación del pleito habilitaria a éste a exigir sus honorarios.
Que les parece?
Saludos.
Podrá prosperar una ejecucion de honorarios de mediador porque el requirente inició el juicio dentro del plazo de 60 dias y no notifico al mediador? En el caso no pago ni los honorarios provisionales establecidos por el art.28 del dec.1467/2011.
Si leemos el art.28 del dec 1467/2011 dice que la falta de notificacion al mediador de la iniciación del pleito habilitaria a éste a exigir sus honorarios.
Que les parece?
Saludos.