Hola a todos: les hago una consulta. En un juicio de reajuste de un jubilado por ley 18037, cuando el juez se expide respecto a la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18037 y art. 9 de la ley 24463, ordena la aplicacion del precedente "actis caporale" disponiendo "admitir la inconstitucionalidad de ambos topes cuando la merma del haber sea superior al 15% respecto de los haberes reajustados, resultando por ende confiscatoria".
La pregunta es: como en mi caso la merma es mayor al 15%, ¿el fallo se interpreta en el sentido de que si la merma es de por ejemplo el 25% te liberan el tope y te pagan el total del haber reajustado sin ningun tipo de confiscacion o solo pagan lo que supera el 15% (o sea 10%)y siempre te quitan ese 15%?
En este segundo caso, ¿conocen algun precedente jurisprudencial en el que se haya resuelto liberar el tope sin ningun tipo de confiscacion?
Desde ya muchas gracias a todos y felicidades
La pregunta es: como en mi caso la merma es mayor al 15%, ¿el fallo se interpreta en el sentido de que si la merma es de por ejemplo el 25% te liberan el tope y te pagan el total del haber reajustado sin ningun tipo de confiscacion o solo pagan lo que supera el 15% (o sea 10%)y siempre te quitan ese 15%?
En este segundo caso, ¿conocen algun precedente jurisprudencial en el que se haya resuelto liberar el tope sin ningun tipo de confiscacion?
Desde ya muchas gracias a todos y felicidades
