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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #797474  por Josefina11
 
hola chicos,


tengo un expediente en el juzgado 3.- tuve que contetar excepcion de cosa juzgada planteada por anses.... y el juzgado proveyo, agreguese, tengase presente y estese a lo resuelto en auto anticipatorio...

en el auto anticipatorio dice que contestado el traslado, vencido el plazo conferido a tal efecto y/ acompañadas las copias de las actuaciones administrativas quedara la causa conclusa para definitiva....

aca mi duda... en la demanda pedi prueba pericial e informativa.- no se si me conviene desistir y luego pedir la conclusa... o bien es conveniente pdir el oficio a la empresa donde laburaba la señora..?

Si decido desistir, primero presento esto, y luego el pedido de conclusa?

gracias"""!!!
 #797477  por markello
 
La conclusa ya fue decretada en el auto anticipatorio.

Se puede pedir el desistimiento de la pericial e informativa. Desconocemos que tipo de prueba informativa se ha solicitado pero si refiere al administrativo, el juzgado 3 no lo solicita.

Tener presente que se debe acompañar el RUB f9.

Por tanto, si hay rub f9 y la prueba informativa refiere solo al exte. administrativo, corresponde un escrito desistiendo de la pericial y solicitar sentencia.

Recordemos que en capital federal ningun juzgado ordena prueba pericial, ello corresponde a la demandada luego de la sentencia firme y consentida o actora vencido el plazo previsto para la demandada.

saludos
 #797478  por Josefina11
 
Grcias markello por tu pronta respuesta,

la informativa que habiamos solicitado se referia al oficio dirigido a la empresa donde desempeñaba tareas la jubilada.-

Esta señora habia tenido un reajuste anterior.- NO presnete el Rub9!! Lo tengo que agregar entonces y pedir el desistimiento tanto de la pericial y de la ifnormativa.- y luego solicitar sentencia. Asi no-? gracias!
 #797489  por markello
 
Somos de la opinion en este caso desistir de la pericial e informativa y solicitemos en el mismo escrito sentencia con aplicación del antecedente Badaro.

Hay otras opciones pero depende de la demanda, en especial saber que le aplicaron en la sentencia anterior para solicitar su revision, pero será extemporaneo.

Saludos