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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #797705  por elnuevo
 
Estimados, necesito saber si ante el fallecimiento de un integrante de la familia que habita un imnueble inscripto como bien de familia esto debe ser informado. Por otra parte si cuando se constituyó el bien de flia. los hijos eran menores, esto sigue igual o hay que actualizarlo en el Registro?
Disculpen que por ahí es una pregunta tonta, pero el D. de Familia no es mi especialidad y la ley nada dice respecto de mis dudas.
Saludos a todos y gracias.
 #797899  por elnuevo
 
Vi que el post tiene muchas vistas pero ninguna repta por favor ayuda.
 #798037  por Tiburcio
 
No es necesario ningún trámite ante el registro.
Desde luego que si falleció uno de los titulares corresponde hacer la sucesión cuando los herederos lo dispongan.
Nada se altera con la mayoría de edad de los beneficiarios. El bien de familia permanece inalterable.
 #798352  por elnuevo
 
Tiburcio escribió:No es necesario ningún trámite ante el registro.
Desde luego que si falleció uno de los titulares corresponde hacer la sucesión cuando los herederos lo dispongan.
Nada se altera con la mayoría de edad de los beneficiarios. El bien de familia permanece inalterable.
Mil gracias