Les hago la siguiente consulta: el lunes tengo mi primera causa!!. Es un laboral de provincia que ya esta comenzado y me toca sustituir al letrado que el cliente tenia (y que fue notificado fehacientemente del reemplazo). Los temas son los suguientes:
1) El acta poder la suscribo en el tribunal en el cual la causa esta radicada o lo tengo que hacer en el que esta de turno?.
2) Despues de aceptada la carta, tengo que pagar el bono y el ius?
Gracias
1) El acta poder la suscribo en el tribunal en el cual la causa esta radicada o lo tengo que hacer en el que esta de turno?.
2) Despues de aceptada la carta, tengo que pagar el bono y el ius?
Gracias