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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #801099  por beaben
 
Hola, las preguntas son las siguientes:

1) aunque renuncie periodos como monotribusta que me sobran para llegar a los 30
hay que abonar los meses que adeuda de todas formas (ya que tienen deuda con afip)
o no hace falta?
es decir si ya llega a los 30 años, y renuncio a los periodos con deuda, puedo safar de pagar
los meses que se adeudan?

2) La prestacion por desempleo se considera como meses trabajados en rrdd?
es decir los computo como años a favor verdad?
y como se cargan, con que concepto en el sicam?

3) cuando piden sabana de aportes, hay que especificiar que tambien me brinden
los periodos anteriores al 94? ya que solo me dan lo posterior

gracias de antemano
 #801105  por hugo2
 
beaben escribió:Hola, las preguntas son las siguientes:

1) aunque renuncie periodos como monotribusta que me sobran para llegar a los 30
hay que abonar los meses que adeuda de todas formas (ya que tienen deuda con afip)
o no hace falta?
es decir si ya llega a los 30 años, y renuncio a los periodos con deuda, puedo safar de pagar
los meses que se adeudan?

2) La prestacion por desempleo se considera como meses trabajados en rrdd?
es decir los computo como años a favor verdad?
y como se cargan, con que concepto en el sicam?

3) cuando piden sabana de aportes, hay que especificiar que tambien me brinden
los periodos anteriores al 94? ya que solo me dan lo posterior

gracias de antemano
Si alguna vez hiciste una jubilacion te daras cuenta que estas preguntando cualquier cosa.

1 ) Si renuncias no te lo exigen para jubilacion, pero para afip la deuda persiste.
2 ) Relacion de dependencia no va en el sicam ( saben lo que significa las siglas sicam )
3 ) Cuando se pide la sabana se piden todos los aportes.
 #801148  por beaben
 
gracias hugo

solo me quedo una duda con la pregunta 2
yo se que rrdd no va en el sicam
pero mi pregunta apuntaba a si
la prestacion por desempleo se consideraba como rrdd
 #801165  por NORMA
 
beaben escribió: la prestacion por desempleo se consideraba como rrdd
A los efectos del cómputo tomá los períodos por desempleo.

Imagen
 #801168  por mariana080280
 
no se toma como relacion de dependencia, se toma como periodo de servicio 8 meses cobro fondeo de desempleo, 8 meses de servicios
 #801183  por MARIO1943
 
beaben escribió:Hola, las preguntas son las siguientes:

1) aunque renuncie periodos como monotribusta que me sobran para llegar a los 30
hay que abonar los meses que adeuda de todas formas (ya que tienen deuda con afip)
o no hace falta?
es decir si ya llega a los 30 años, y renuncio a los periodos con deuda, puedo safar de pagar
los meses que se adeudan?

2) La prestacion por desempleo se considera como meses trabajados en rrdd?
es decir los computo como años a favor verdad?
y como se cargan, con que concepto en el sicam?

3) cuando piden sabana de aportes, hay que especificiar que tambien me brinden
los periodos anteriores al 94? ya que solo me dan lo posterior

gracias de antemano
1) EN EL SICAM SI RENUNCIAS PERIODOS , NO LOS TENES QUE PAGAR LA DEUDA, LA MISMA ESTA RENUNCIADA ESO ES PARA ANSES, PARA AFIP SI SON PERIODOS NO PRESCRIPTO ES DEUDA EXIGIBLE,POR MAS QUE EN EL SICAM RENUNCIES A ESOS PERIODOS, PERO ESTO NO TE IMPIDE QUE LA PERSONA SE JUBILE
2) SI, S E CONSIDERA COMO PERIODOS TRABAJADOS EN RR.DD., LOS PERIODOS DE RR.DD. NO S E CARGAN EN EL SICAM, SOLO SIRVE PARA COMPUTAR PARA LLEGAR A LOS ANOS EXIGIDOS
3) EN LA SABANAS DE APORTES TE FIGURA HASTA EL 06/1994 PERIODOS ANUALES, A PARTIR DEL 07/1994 LOS PERIODOS SON MENSUALES