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  • Pension no inscripto con art38 en la CARSS?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #801663  por anamy00
 
Hola foristas, he cometido el error de cerrar un sicam, que tengo turno mañana, de una pension directa con trabajadora no inscripta, a la cual pienso mandar a la CARSS como otros casos, para q la otorguen, pero dada edad de la causante, le apliq el art38 de la 24241, pero no tengo ninguna acordada así, ya q nunca le apliq beneficios. (No se en q pensaba cuando hice el Sicam, creo q me faltan las vacaciones)
Mi pregunta es : si alguien tiene alguna acordada por la CARSS con la aplicacion del art38 en el SICAM? Gracias!!
 #801666  por anamy00
 
Lo malo de esto es q la puse en el sicam, y ya lo envie, por eso estoy en la duda de llevarlo al turno o directamente rechazar el sican y sacar turno para otro dia.
 #801692  por anamy00
 
Se supone q si; porq no aplico el art 3 de la 24476, pero como si, utilizo el Sicam para aplicar el 38, va a depender de como lo interpreten y el viudo tiene 84 años, no esta como para hacerlo esperar en vano.
 #801726  por arielruiz86
 
No debiera ser invalido el uso del art 38 por mas que este incluido en el sicam, porque de no ser asi, entonces cuando se usa este beneficio que contempla el sicam? seria inaplicable o redundante.
 #801758  por MARIO1943
 
HAY UNA DIFERENCIA ES SU APLICACION, CUANDO LO APLICA EL ART. 38 EN EL SICAM SON PERIODOS DE AUTONOMOS, QUE SERIA SIMILAR AL ART. 3 DE LA LEY 24476, SI LO APLICAS FUERA DEL SICAM EN LA PLANILLA SE SOLICITUDES PREVISIONALES VAN COMO PERIODOS EN RR.DD. DONDE NO S E EXIGE LA JUSTIFICACION D E UN EMPLEADOR, EL ART. 38 QUE LA CARSS ESTA APROBANDO DE ACUERDO A MI CONOCIMIENTO Y APLICACION ES FUERA DEL SICAM
YO ME PREGUNTO CUAL ES LA DIFERENCIA DEL ART. 3 DE LA LEY 24476 QUE LA CARSS LA PROHIBE, CON RELACION AL ART. 38 DENTRO DEL SICAM , SIENDO LOS MISMOS PERIODOS DE AUTONOMOS , LA UNICA DIFERENCIA QUE UNO SE APLICA HASTA DIC. 1968 Y EL OTRO DESDE EL/1955 HASTA EL 09/1993 Y ADEMAS EL ART. 3 TAMBIEN SE APLICA A PERIODOS HASTA DIC. 1968 , LO MISMO QUE EL ART. 38 Y DESPUES TAMBIEN, LO MAS SEGURO ES APLICARLO FUERA DEL SICAM
 #801782  por anamy00
 
Gracias a todos, la diferencia del 3 al38 es q el art 3 va desde el 01/55 al 09/93 y lo determina la 24476, q es la moratoria vigente y el 38 es de la 24241 y va del 01/1955 al 12/1968. La finalidad es la misma como Uds dicen, pero yo tampoco conzco ninguna de la Carss con art38 en Sicam, (solo a mi se me ocurre). Bueno consultare con la almoada y maña veo q hago con el viudo. Gracias!!!!
 #801802  por arielruiz86
 
La discusión no es sobre cual es la diferencia de uno del otro o cuando se aplica uno o el otro (que masomenos todos sabemos), la duda (o la intriga) pasa por si es lo mismo usarlo en la SPP o en el sicam (si tiene el mismo efecto). Yo creo que no se puede tildar o decir que son aportes de autonomos por el solo echo de que este incorporado en el sicam, su concepto o definición sigue siendo el mismo que el que dice textualmente el art 38 ley 24241. En todo caso podemos usar tu planteo como "conejillo de indias" para ver que pasa :lol:
 #801818  por MARIO1943
 
YO SIGO INSISTIENDO QUE LA APLICACION NO ES LA MISMA , SI LO APLICAS EN EL SICAM CONDONAS LA DEUDA EN CAMBIO APLICANDOLA EN LA SOLIC. DE PREST. PREVISIONALES , NO CONDONAS DEUDA , SI NO ,TE PERMITE AGREGAR UN TRABAJO EN RR. DD. DE X EMPLEADOR SIN JUSTIFICAR EMPLEADOR, CREO QUE LA DIFERENCIA ESTA A LA VISTA, ADEMAS LA ULTIMA QUE MANDE A LA CARSS ME TARDO 15 MESES , YO NO ARRIESGARIA A VER QUE PASA, PREFIERO DAR D E BAJA AL SICAM Y HACER UNO NUEVO
 #801827  por andrea37
 
Hola, presenté todos con el 38 por fuera, porque es relación de dependencia, hay un resolución de la carss que es favorable porque no se aplicaron beneficios dentro del sicam. O que es desfavorable porque si se aplicaron, si la encuentro la publico.
 #801840  por lgaray
 
anamy00 escribió:Gracias a todos, la diferencia del 3 al38 es q el art 3 va desde el 01/55 al 09/93 y lo determina la 24476, q es la moratoria vigente y el 38 es de la 24241 y va del 01/1955 al 12/1968. La finalidad es la misma como Uds dicen, pero yo tampoco conzco ninguna de la Carss con art38 en Sicam, (solo a mi se me ocurre). Bueno consultare con la almoada y maña veo q hago con el viudo. Gracias!!!!
no, al 38 lo podès aplicar desde ANTES del 1/55, donde sea.
El inicioo desde el 1/55 es para el articulo 3, no para el 38.-
 #801844  por diegomdp
 
las resoluciones de la carss dicen que no se pueden aplicar los beneficios del capitulo 1 de la 24476 osea el 38 no estaria incluido, pero para que arriesgar un tramite, nunca sabes quien te lo va a resolver, mira si lo agarra algun abogado de udai con poca idea que fue de operativo a la carss por trabajo atrasado, yo no arrriesgaria el tramite no porque este mal sino porque no sabes que nabo lo va a resolver