Buenas...
Tengo la siguiente duda. Asesoro a una empresa de Transporte. Tengo dos trabajadores, Choferes de camion, que reunen las condiciones para jubilarse del regimen especial (ley 20740 - 55 años, 25 de servicio). Se los va a intimar a iniciar los tramites jubilatorios. La duda es si una vez intimados, los trabajadores no pueden contestar renunciando al derecho que les da el regimen especial y manifestando que pretenden seguir trabajando hasta la edad que marca la 24241 (65 años). Mil gracias! Saludos.
Tengo la siguiente duda. Asesoro a una empresa de Transporte. Tengo dos trabajadores, Choferes de camion, que reunen las condiciones para jubilarse del regimen especial (ley 20740 - 55 años, 25 de servicio). Se los va a intimar a iniciar los tramites jubilatorios. La duda es si una vez intimados, los trabajadores no pueden contestar renunciando al derecho que les da el regimen especial y manifestando que pretenden seguir trabajando hasta la edad que marca la 24241 (65 años). Mil gracias! Saludos.
