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  • Jubilado en negro despedido

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 #803252  por maricel01
 
Hola, queria hacer una consulta: tengo un caso de una persona que hace 17 años trabaja en un lugar, hace 2 años que se jubiló sin aportes y siguió trabajando en el mismo lugar, y ahora la despiden. Puedo liquidar la indemnización desde la fecha de ingreso? Porque si bien se jubiló lo hizo gracias a la moratoria vigente ya que el empleador nunca le hizo ningun aporte. Muchas gracias, saludos.
 #803254  por K08
 
Buen dia, yo practicaria la liquidacion y la pretemcion desde hace 17 años atras. Como ud dice la persona se jubilo por moratoria, si hubiese el empleador hecho los aportes correspondientes se ubiese jubilado de otra manera y con otro ingreso. TCL con copia a la Afip directamente.
Saludos.
 #803274  por dhabogada
 
hOLA, me parece que la antiguedad recien se toma desde que se jubiló hasta la fecha. Art. 253 LCT "sólo se computará como antigüedad el tiempo de servicio posterior al cese".
Conforme al plenario Nº 321 del 5 de junio de 2009 "COUTO DE CAPA, IRENE MARTA c/ AREVA S.A. s/ LEY 14.546" ". . .la jubilación opera como una causal objetiva de extinción del contrato de trabajo de la que no se deriva ninguna responsabilidad indemnizatoria.. ."
 #803675  por K08
 
La persona se jubila por moratoria, la persona trabajaba en negro, no se extinguio ningun contrato por jubilarse ya que supuestamente no habia relacion laboral.
 #804031  por agentil
 
Pedí todo pero creo que va solo el periodo luego de jubilado para la antiguedad aunque si puede ir para la 24.013.

saludos!
 #985900  por Juxxxxx555
 
Tengo un caso similar. Yo pediria desde q ingreso. E art 253 habla de cuando estuviere conforme a la ley, lo dice el articulo fijensen. Y ademas la lct d esa menra fomentaria la no registracion. Y couto di capa hace referencia al empleado en blanco q se jubila y sigue trabajando y dp lo echan.. Pero no hace referencia a la antiguedad q surge de el trabajador no registrado