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  • Multa de Transito en SALTA!

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 #804015  por fab999
 
Hola Colegas! les cuento que arranque el año con varios líos. Uno de ellos sobre una multa.

La sra vendió el auto en San Nicolás (Bs As.) y en el registro le saltó una multa en la pcia de salta del año 2011 (agosto), pero el tema es que la Sra nunca, nunca estuvo en la pcia de salta.

Además de ello, nunca le llegó el acta de notificación ni la boleta para pagar ni nada. Solo saltó en el Registro del Automotor que debe $307, supuestamente por estacionar en un lugar indebido.

Alguna idea sobre que hacer?
Impugnar la multa? Donde mando la CD?
ALguien de Salta que de una mano?

Gracias de antemano. *leo*
 #804159  por guadalupe21
 
Hola fabi999, te cuento que en la Provincia de Salta,generalmente el descargo, debe ser hecho de los 5 días de la fecha del Acta de Infracción, pero siendo de otras provincias el descargo se realiza mediante CD al Tribunal Administrativo de Faltas, transcurrido dicho plazo, (como supongo es el caso de tu cliente ya que no supo de la multa sino via Registro) se considera consentida la Infracción, pero lo que puede hacer para no dilatar mas el tema, es realizar directamente el pago minimo voluntario,pero realizando este pago renuncias a la impugnación de la multa, ya que la estarías consintiendo y bueno la otra via es impugnar la multa pero, es una cuestión de tiempo.
Cualquier cosa que necesites, no dudes, un abrazo. *suerte*
 #804246  por fab999
 
guadalupe21 escribió:Hola fabi999, te cuento que en la Provincia de Salta,generalmente el descargo, debe ser hecho de los 5 días de la fecha del Acta de Infracción, pero siendo de otras provincias el descargo se realiza mediante CD al Tribunal Administrativo de Faltas, transcurrido dicho plazo, (como supongo es el caso de tu cliente ya que no supo de la multa sino via Registro) se considera consentida la Infracción, pero lo que puede hacer para no dilatar mas el tema, es realizar directamente el pago minimo voluntario,pero realizando este pago renuncias a la impugnación de la multa, ya que la estarías consintiendo y bueno la otra via es impugnar la multa pero, es una cuestión de tiempo.
Cualquier cosa que necesites, no dudes, un abrazo. *suerte*
Gracias Guadalupe. El tema aqui es mi clienta no quiere pagar porq nunca estuvo en Salta, asi q si o si debo enviar la CD impugnando la multa. Tendrías la dirección del lugar donde se debe enviar?
Otra preg: si se impugna fuera de término que validez le dan en esa jurisdicción?
Gracias de antemano
 #806119  por guadalupe21
 
Hola fabi999, te cuento la CD debe ser remitida al Tribunal Administrativo de Faltas (C.C.M. Paraguay 1200) Salta Capital, CP 4400.
A tu segunda pregunta, yo creo que no le dan validez a una impugnación fuera de término, pero aqui creo que tendrias que ir por la FALTA DE NOTIFICACIÓN de la supuesta infraccióna tu cliente, porque sin ella. tu cliente no pudo efectuar el reclamo dentro de los 5 días, y por consiguiente tampoco estara enterada de que debe impugnar.
Para lo que necesites... *suerte*
 #808244  por fab999
 
guadalupe21 escribió:Hola fabi999, te cuento la CD debe ser remitida al Tribunal Administrativo de Faltas (C.C.M. Paraguay 1200) Salta Capital, CP 4400.
A tu segunda pregunta, yo creo que no le dan validez a una impugnación fuera de término, pero aqui creo que tendrias que ir por la FALTA DE NOTIFICACIÓN de la supuesta infraccióna tu cliente, porque sin ella. tu cliente no pudo efectuar el reclamo dentro de los 5 días, y por consiguiente tampoco estara enterada de que debe impugnar.
Para lo que necesites... *suerte*
Muchas gracias por tu Rta. *leo*
 #934502  por rantifuso
 
Hola independientemente de todo lo anteriormente citado te comento que soy de salta y que es una practica muy habitual el que se carguen multas a cualquier dominio (patente) sospecho que algún corrupto al haber empezado a emitir su acta de infracción deja para el ultimo el nro de dominio ya que si "arregla" con el infractor verdadero la otra multa le cae a cualquiera, (me entendes no), razón por la cual yo les recomiendo que si verdaderamente no cometió tvuestro cliente dicha infracción no tiene por q pagarla ni siquiera un monto mínimo, es mas el gasto de la CD ya creo que es suficiente gasto, lo mejor para que abone su postura o su verdad sería que les solicites que en dichos días soliciten vía oficio a los pasos de control o pasos de peaje si efectivamente dicho dominio circulo por tales rutas, o mejor aun presentá algún comprobante de que nunca saliste de tu provincia tal como podría ser algún certificado medico, algún registro de asistencia laboral o cualquier cosa que acredite que nunca estuviste por Salta, te aseguro que como están tan acostumbrados a ver este tipo de "infracciones" de gente que nunca estuvo por esta Provincia te sobreseerán sin mas tramite. Se que mi respuesta llegó tarde pero creo que podrá servir para casos similares, Suerte.
 #934646  por fab999
 
rantifuso escribió:Hola independientemente de todo lo anteriormente citado te comento que soy de salta y que es una practica muy habitual el que se carguen multas a cualquier dominio (patente) sospecho que algún corrupto al haber empezado a emitir su acta de infracción deja para el ultimo el nro de dominio ya que si "arregla" con el infractor verdadero la otra multa le cae a cualquiera, (me entendes no), razón por la cual yo les recomiendo que si verdaderamente no cometió tvuestro cliente dicha infracción no tiene por q pagarla ni siquiera un monto mínimo, es mas el gasto de la CD ya creo que es suficiente gasto, lo mejor para que abone su postura o su verdad sería que les solicites que en dichos días soliciten vía oficio a los pasos de control o pasos de peaje si efectivamente dicho dominio circulo por tales rutas, o mejor aun presentá algún comprobante de que nunca saliste de tu provincia tal como podría ser algún certificado medico, algún registro de asistencia laboral o cualquier cosa que acredite que nunca estuviste por Salta, te aseguro que como están tan acostumbrados a ver este tipo de "infracciones" de gente que nunca estuvo por esta Provincia te sobreseerán sin mas tramite. Se que mi respuesta llegó tarde pero creo que podrá servir para casos similares, Suerte.
Muchas por la Rta, se agradece el tiempo dedicado a colaborar con los demás colegas.
Saludos