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  • Ejecucion de honorarios

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #804645  por marequema
 
Buen dia colegas:
Mi consulta es la siguiente, tengo honorarios que no los puedo cobrar , por lo que averigue mi acreedor no tiene nada, salvo una casa que es de sus padre. El padre ya ha fallecido, pero nunca inició sucesion. Por lo que entiendo puedo como acreedor del haredero iniciarla.
Mi consulta es, simultameamente iniciò la ejecucion de honorarios y denuncio la apertura del sucesio? o epsero que salga la declaratoria de herederos y ahí hago la ejecución?
Gracias
 #804886  por kantaclaro
 
Con copia certificada del auto regulatorio y de su notificación fehaciente a obligado en costas, iniciás como acreedor la sucesión. Sds
 #805535  por casbarrog
 
hola colegas!
tengo honorarios regulados y están notificados hace más de un año.-
voy a iniciar ejecución tramitará en los civiles y comerciales de lomas. Pregunta ¿debo abonar el bono y el ius respectivo para formar el inicidente de ejecución? y tasa de justicia?
agradezco sus aportes.-
cariños
gery