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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #805570  por vrj
 
Hola, les quería pedir ayuda en lo siguiente: Mi cliente inicio demanda por despido indirecto que aun ni se notifico demanda, y hay una quiebra de la empresa. Hay tiempo hasta marzo para verificar crédito. Es la primera vez que me pasa esto...como verifico mi crédito si aun no hay sentencia? como sigo? entre en una laguna...espero ayuda, mil gracias!
 #807144  por vrj
 
Perdón que pregunte nuevamente, necesito saber si alguien sabe como verifico crédito, si puedo hacerlo sin tener aun sentencia. Me dicen que presente un incidente de verificación de crédito, pero la verdad es que no estoy segura de que se pueda hacer. Mi clienta trabajo 30 años en la empresa quebrada y hay un juicio abierto, pero sin sentencia...espero ayuda por favor, gracias!
 #808472  por vrj
 
vrj escribió:Perdón que pregunte nuevamente, necesito saber si alguien sabe como verifico crédito, si puedo hacerlo sin tener aun sentencia. Me dicen que presente un incidente de verificación de crédito, pero la verdad es que no estoy segura de que se pueda hacer. Mi clienta trabajo 30 años en la empresa quebrada y hay un juicio abierto, pero sin sentencia...espero ayuda por favor, gracias!
Les comento que lo pude armar...se los paso para ver si me dan su opinion...lo presento asi en el exte? espero que me puedan ayudar, saludos!

SOLICITA VERIFICACIÓN DE CREDITO

Capital Federal, ...... de .............de 2012.-
Señor Síndico
Ref. "--------------”
De mi consideración:

ACREEDOR:--------
CUIL: --------
DOMICILIO REAL: ---------.
REPRESENTANTE LEGAL: Dra. ---------.
DOMICILIO LEGAL: ---------).
CREDITO: MONTO: -------- + los intereses s/ tasa activo promedio mensual Del BNRA.
CAUSA: Me dirijo a Ud. en mi carácter de acreedora, al efecto de indicar la causa de mi acreencia, le hago saber que ella surge de los autos caratulados "--------" (Expediente Nº --------) del Juzgado --- de la Ciudad de Buenos Aires, donde se reclama un por la suma de $----.en concepto, indemnizaciones sustitutivas de preaviso y por antigüedad, integración del mes de despido, sueldo anual complementario, compensación vacacional, art. 2 ley 25.323, art. 45 LCT y diferencias salariales.-
Comencé a laborar en la ---------- el día 01 de marzo del año 1989. La remuneración mensual, normal y habitual consistía en $-----Todo se desarrollaba en los carriles normales cuando el día ----- recibo la carta documento Nº 2---- argumentando suspensión por 30 días, alegando falta de trabajo no imputable a la empresa. Es así que previo corroborar la situación alegada por la empleadora (ante el Ministerio de trabajo) envié a mi empleador CD Nº ---------, en la cual negué la falta de trabajo no imputable a la empresa, impugne la suspensión y solicite a mi empleador el Nº de expediente en el cual tramitaba el procedimiento preventivo de crisis regulado en la Ley Nacional de empleo en los arts.98 a 105. El Ministerio de Trabajo corrobora la situación manifestada por mi empleador y la demandada no había iniciado el procedimiento preventivo de crisis regulado en la ley 24.013. El día 9 de septiembre de 2011 procedí a considerarme despedida por su exclusiva culpa, mediante CD Nº ---------.
Toda vez que la empresa ha solicitado su propia quiebra, me veo obligado a iniciar el presente trámite de verificación de crédito, tendiente a obtener el cobro de los créditos emergentes del despido.
DETALLE DEL CREDITO:
Según se desprende de la ley de contrato de trabajo, --------- me adeuda:
❚ Indemnización por antigüedad: $ ---.-
❚ SAC proporcional: $ 1.---
❚ Integración mes de despido: $ 3---68.-
❚ SAC integración mes de despido: $ ---
❚ Preaviso: $ ---4.-
❚ SAC preaviso: $ ---2.-
❚ Vacaciones no gozadas: $ -----
❚ SAC vacaciones no gozadas: $ ---1.-
❚ Art. 2 Ley 25.323: $ ---
❚ Ley 25.345 art.45: $----
❚ Remuneraciones debidas: $ -------
TOTAL ADEUDADO: $----- + INTERESES.-
GRADUACION: QUIROGRAFARIO. El crédito de mi mandante goza de los respectivos privilegios establecidos en los artículos 241 y 246 de la citada LQC., que también dejo solicitados.
DOCUMENTAL ADJUNTA: RECIBO DE SUELDO DE LA ACREEDORA.-
PRONTO PAGO: Asimismo, le hago saber que -conforme lo dispuesto en el art. 16 / 183- dicho crédito goza del beneficio del pronto pago, que a todo evento dejo solicitado.

En cumplimiento de la exigencia establecida en el art. 200 de la ley 24.522, hago saber que en virtud de que el cuya verificación se solicita proviene de una causa laboral, el mismo se encuentra exento de abonar el arancel de $ 50.-
Para cualquier aclaración sobre el particular, así como también para constatar esta acreencia, solicito se comunique a los números telefónicos indicados en el presente.-

PETITORIO:
1) Me tenga por presentada, domiciliada y por parte en el carácter invocado.-
2) Tenga por presentado, en tiempo y forma, el pedido de verificación de crédito por la suma de $--------- con más sus intereses, conf. se expresa.
Saludo a Ud. muy atentamente.
 #808502  por abglu
 
hola preguntas:
a) Es trabajador registrado o no registrado.-
b) La empresa esta en concurso preventivo o se le decreto la quiebra.-
c) en cualquier caso la opcion es iniciar continuar y terminar el proceso ante el juez natural solo tenes que peticionar que se notifiqe al sindico interviniente.-
d) cuando tengas la sentencia verificas por la via procesal del inicidente de verificacion tardia, sin la consecuencia en costas.-
d) Hay otras opciones posibles segun cual sea la respuesta en los puntos a y b.-
Espero te sirva Saludos.-
 #808505  por vrj
 
abglu escribió:hola preguntas:
a) Es trabajador registrado o no registrado.- estan los 22 años registrados
b) La empresa esta en concurso preventivo o se le decreto la quiebra.- se decreto la quiebra posteriormente al inicio del laboral
c) en cualquier caso la opcion es iniciar continuar y terminar el proceso ante el juez natural solo tenes que peticionar que se notifiqe al sindico interviniente.-
d) cuando tengas la sentencia verificas por la via procesal del inicidente de verificacion tardia, sin la consecuencia en costas.-
d) Hay otras opciones posibles segun cual sea la respuesta en los puntos a y b.-
Espero te sirva Saludos.-
No sabes como te agradezco la ayuda, mi clienta esta desesperada, y mi temor es estar haciendo las cosas mal, es la primera vez que me sale un caso asi...mi idea era presentar la verificacion y el pronto pago...esta mal??
 #808630  por abglu
 
Hola. Podes iniciar una verificacion de credito y por el fuero de atraccion pedir se remita el proceso laboral iniciado ante el juez natural laboral, al juez de la quiebra.-
no hay pronto pago en el proceso de quiebra porque de hecho es un proceso LIQUIDATIVO.
De ir por la verificacion estuve viendo como lo hiciste y no esta mal pero no parece ser la via adecuada para tu caso.-
Porque? vos cuestionas una suspecion y el contador no puede opinar sobre el proceder del empleador. el contador solo se pronuncia sobre la admisibilidad del credito que se le pide insinuar en el proceso concursal.-
Vos verificas un credito laboral liquido y exigible. Respecto de la abusividad o no de la conducta del empleador es algo que corresponde al juez.-
 #808752  por vrj
 
Gracias! osea que solo presento la verificación sacando esa parte de los hechos y hago un escrito solicitando se remitan las actuaciones laborales al juez comercial? todo lo presento en el juzgado no? después el juez le da traslado al sindico? osea q el pronto pago q hice no lo presento? Mañana mismo lo presento. ahora hago el escrito solicitando la atracción del expte. laboral asi presento todo junto...Gracias una vez mas!
 #808764  por vrj
 
vrj escribió:Gracias! osea que solo presento la verificación sacando esa parte de los hechos y hago un escrito solicitando se remitan las actuaciones laborales al juez comercial? todo lo presento en el juzgado no? después el juez le da traslado al sindico? osea q el pronto pago q hice no lo presento? Mañana mismo lo presento. ahora hago el escrito solicitando la atracción del expte. laboral asi presento todo junto...Gracias una vez mas!
Disculpa,te molesto una vez mas, como pido que por el fuero de atracción se remita el proceso laboral iniciado ante el juez natural laboral, al juez de la quiebra? con un escrito en el juzgado comercial?
 #808780  por vrj
 
vrj escribió:
vrj escribió:Gracias! osea que solo presento la verificación sacando esa parte de los hechos y hago un escrito solicitando se remitan las actuaciones laborales al juez comercial? todo lo presento en el juzgado no? después el juez le da traslado al sindico? osea q el pronto pago q hice no lo presento? Mañana mismo lo presento. ahora hago el escrito solicitando la atracción del expte. laboral asi presento todo junto...Gracias una vez mas!
Disculpa,te molesto una vez mas, como pido que por el fuero de atracción se remita el proceso laboral iniciado ante el juez natural laboral, al juez de la quiebra? con un escrito en el juzgado comercial?
Mando el escrito que hice haber que opinan:

SOLICITA.- FUERO DE ATRACCION.-

Señor Juez:
xxxxxxx, argentina, casada, desocupada, titular del D.N.I xxxx7, CUIL. xxxxx, con domicilio real en la calle xxxx, Capital Federal, CP 1xxx1 y constituyendo domicilio legal en la calle xxxxxx, Capital Federal, CP 1xx (zona de notificación nº xxx), conjuntamente con mi letrada patrocinante, xxxx CPACF (Responsable Monotributo C.U.I.T xxxxx,), en autos "xxxxx S/ PROPIA QUIEBRA” a V.S. me presento y digo:

I- Toda vez que al art. 132 de la ley 24.522 establece que la declaración de quiebra atrae al juzgado en el que ella tramita todas las acciones judiciales iniciadas contra el fallido por las que se reclamen derechos patrimoniales y que la causa es anterior a la presentación de la solicitud de quiebra del mismo.

II- Solicito a V.S que en virtud del fuero de atracción, se remitan los autos del proceso laboral iniciado, a saber “xxxxxxxx. Y OTROS s/DESPIDO" que tramitan ante el Juzgado Laboral Nº xx de esta ciudad.-

Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA
 #808971  por abglu
 
Esta bien el pedido de fuero de atraccion. Recorda que tenes la opcion de continuar donde lo estas tramitando solo tenes que notificar al sindico.-
Es eso un pedido de remision del expediente al juzgado donde tramita el concurso.-saludos
 #809129  por vrj
 
Gracias! mande hoy al juzgado los escritos, conviene esto o conviene que tramite en el laboral y solo presentar la verificación?
 #809225  por pepecurdele
 
chicos desde la ultima reforma la quiebra o el C.P no atrae mas a los jucios laborales...estos siguen en el ambito de la justicia del trabajo. Cuando tengas sentencia verificas en forma tardia y listo.
 #809242  por pepecurdele
 
pepecurdele escribió:chicos desde la ultima reforma la quiebra o el C.P no atrae mas a los jucios laborales...estos siguen en el ambito de la justicia del trabajo. Cuando tengas sentencia verificas en forma tardia y listo.
No hago comercial, pero si no me equivoco las medidas cautelares caen ente el C.P
 #809281  por abglu
 
Caen todas las medidas cautelares. Es cierto los juicios laborales no atraen obligatoriamente. hAy que notificar al sindico.-