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  • Cuota Alimentaria - Incumplimiento Parcial

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #806510  por Marcelo mdq
 
Les consulto, voy por el padre. Provincia de Bs. As.
Hago laboral y en familia no estoy muy ducho con estos temas. Pero como es familiar, prometí darle una mano.
Se le inició un incidente por incumplimiento parcial de cuota alimentaria. Por convenio se acordó una cuota alimentaria del 30% del sueldo neto (es empleado en relación de dependencia) a abonar antes del 10 de cada mes y el transfirió mensualmente a la cuenta bancaria de la madre de los menores el equivalente al 20% de ese monto. Por el resto el se hizo cargo de la cuota en escuela privada, útiles escolares, la cuota del club, abono mensual de telefonía celular de los menores, viajes escolares, vestimenta y otros gastos extras. Si sumo todos los items (transferencia bancaria + pagos adicionales) me da que el alimentante contribuyó con un 40% de sus ingresos netos, monto superior en un 10% al acordado. La consulta es puedo, con estos argumentos, plantear impugnación del incidente de aumento? El padre cuenta con todos los comprobantes de estos pagos adicionales y los mismos fueron realizados con t. de débito o crédito.
 #806573  por kantaclaro
 
Dichos pagos adicionales serán tenidos en cuenta como una "liberalidad". El cumplimiento de la obligación asumida no podrá contrarestarla con ello. Sds
 #806916  por Marcelo mdq
 
Perdón que discrepe, pero no creo q conceptos que son pagos habituales sean considerados como liberalidades (ej: escuela, celular, prepaga, club). Si se puede considerar liberalidad algún regalo o pago esporádico.
 #812972  por Pichiruchi
 
Hola Marcelo. Tiene razon kantaclaro. Las compras o pagos que el alimentante haga para los hijos no se compensan con lo debido en concepto de cuota alimentaria. Hay un articulo especifico del Codigo (que no me acuerdo cual es exactamente) que dice que se consideran "liberalidades", no hay diferencia si los gastos son habituales o extraordinarios.

Saludos!
 #812974  por ChristianM
 
coincido con los colegas. los pagos efectuados fuera de lo que indica el convenio de pago serán tenidos como liberalidades.