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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #807385  por javier46
 
Hola:
Mi duda es la siguiente:
La ley de honorarios profesionales dice "Los asuntos o procesos previsionales, alimentarios y de familia, no podrán se objeto de pactos".
ESto quiere decir que hay que esperar UNICAMENTE la regulación de honorarios que establezca el Juez? O PUEDO DE alguna forma establecer un convenio de honorarios con mi cliente por un porcentaje?
Cómo proceden Ustedes?
Muchas Gracias.
Saludos.
 #807392  por noelin
 
LOS Q ESTAN PROHIBIDOS SON LOS PACTOS DE CUOTA LITIS, Q SE APRTAN DE LO NORMADO POR 17040 0 25239
 #807395  por javier46
 
:shock: Gracias por la respuesta, y perdón por mi ignorancia, me pueden explicar la diferencia entre pacto cuota litis y otro de honorarios...
Gracias.
 #807409  por javier46
 
Si el pacto de cuota litis es por un porcentaje y está prohibido... cómo hacen Uds. con sus clientes... porque lo que regulan en capital por ej: 11% o 12% me parece es muy poco...
Cómo hago para establecer una suma fija si no se cuánto va a cobrar?
Gracias.
 #807483  por andrea1982
 
Hola. Si los honorarios te parecen bajos, podés apelarlo. Igualmente, al tratarse de un porcentaje, como sabés que va a ser muy poco? Depende del retroactivo de tu cliente lo poco o mucho.
Ahora, si no te gusta correr el riesgo,podés directamente hacer un convenio de honorarios, y despues si resulta que el 12% es más, salís perdiendo, si es menos, ganas... :roll:
 #807543  por javier46
 
Gracias por responder. Me parece bajo porque por lo general los convenios de honorarios son como mínimo por un 20%, entonces, así cualquiera sea el monto de retroactivo siempre 20% o más va a ser menor que un 11 o 12%.
Por eso prequnto cómo proceden Uds.?, cobran suma fija por convenio o no hacen convenio y aceptan la regulación del juzgado?
Gracias.
 #807613  por andrea1982
 
El pacto de cuota litis en previsional está prohibido, por más que quieras titularlo como convenio de honorarios, si ponés 20% claramente no lo vas a poder ejecutar.
Si hacés un convenio, estimas cuanto va a ser el 20% y le ponés el monto fijo, es un convenio de honorarios, pero corrés el riesgo de que ese 20% resulte al final ser menor que el 11% o 12% real.

Yo le digo que es un estimado de 20%, dependiendo si va a cámara o no. Igual, en el monton, sabés que tenes reajustes que vas a cobrar una miseria y reajustes que vas a cobrar bien, y que el trabajo no es mucho, salvo que todos los casos que tengas sean bajos... y en dicho caso, si no te rinde, no los tomes y listo.

Tenés que ver que porcentaje de tus aportes son a cargo del cliente, para aclararlo de entrada.

Igualmente, no entiendo en qué te basás para decir que es poco...

Si te sale un reajuste que le pagan $10.000 de retroactivo, y te regulan el 10%, estimo que podrás, oportunamente apelarlo por bajos. Pero si te sale uno con $1.000.000 de retroactivo, y te regulan el 11%, vas a devolverle dinero al cliente porque es mucho?
 #807619  por fabidoc
 
tal cual.
Hemos tenido, en el tema reajustes, casos de todo tipo. Retroactivos muy altos porque los sueldos (y diferencias) han sido altos y otros no tanto. Generalmente el 20% es de uso en plaza (y fuero).-
 #807625  por andrea1982
 
Agrego, podés hacer un convenio, con un mínimo, por ejemplo, si los honorarios regulados resultaran menos de X pesos, le cobras tal suma.
 #807679  por javier46
 
ok. Muy amable por sus respuestas, la última me parece la más atinada...
Espero haber sido claro en mi duda, siempre pensé en cobrar el mismo porcentaje por trabajos similares, no importando cuando cobre de retroactivo mi cliente (creía siempre cobrar un 20%) y cuando me entero que está prohibido establecer un porcentaje... empieza la dificultad de encarar el tema con mis clientes...
Gracias.
Saludos.
 #810750  por fymj
 
Hola, quería comentarles que me encontré hoy con una novedad al respecto, y es que el Juzgado 3 en un reajuste me ordena notificar al actor -a su domicilio real- la regulación de honorarios (en el caso, 18%), conf. art. 62 de la Ley de Honorarios. Hasta el momento no tuve otro caso en que sucediera esto. Por lo que veo, leyendo este foro, tal medida se basa en la prohibición de pacto de cuota en previsional. Con lo cual si uno hizo un convenio previo con el cliente, se genera una situación algo engorrosa...