leo y leo y me surgen dudas.
estoy por presentar demanda de mutuo 215 CC, existe un bien ganancial ( casa) que las partes tienen acordado que quedara en manos de la esposa que se hace cargo de las deudas.
mi idea es hacer un acuerdo privado de adjudicacion , para evitar el pago de la tasa de justicia. Les parece que es factible??? lo puedo celebrar antes de interponer la demanda???
y por ultimo, como se efectiviza la inscripcion? , indefectiblemente hay que homologar y que el juez ordene la inscrpcion ??
Espero haber sido claro, gracias
estoy por presentar demanda de mutuo 215 CC, existe un bien ganancial ( casa) que las partes tienen acordado que quedara en manos de la esposa que se hace cargo de las deudas.
mi idea es hacer un acuerdo privado de adjudicacion , para evitar el pago de la tasa de justicia. Les parece que es factible??? lo puedo celebrar antes de interponer la demanda???
y por ultimo, como se efectiviza la inscripcion? , indefectiblemente hay que homologar y que el juez ordene la inscrpcion ??
Espero haber sido claro, gracias