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  • DIVORCIO BIEN GANANCIAL SEDE DE HOGAR CONYUGAL

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #811583  por natalia3114
 
Hola a todos, la verdad estoy confundida y si alguien me puede ayudar lo agradecería...tengo un divorcio art. 214, y hay un solo bien ganancial que es sede del hogar conyugal.
Hasta la mayoría de edad de los hijos menores, los ex conyuges pactan que la mujer siga viviendo ahi, por lo tanto no se va a vender- Mi pregunta es la siguiente. se hace la liquidacion de la sociedad conyugal y se inscribe en el RPI que es la mitad para cada uno?? , porque sino que pasaría ante un embargo o situación similar respecto de uno de los conyuges??,y si se hace esto paga tasa de justicia en expte??
Desde ya muchas gracias.
 #811853  por gaby1973
 
Una pregunta, el bien, despues de que los hijos cumplan la mayoria de edad va a quedar para alguno de los conyuges??? generalmente lo que se hace es que si queda para uno de ellos, el otro cede su 50% ganancial ya sea ante un escribano o en el expediente, si es en el expediente hay que abonar la tasa de justicia.-