Relatos:
"El reclamo de la trabajadora sólo se centró en los efectos de las condiciones de trabajo sobre su salud mental, sin existencia de daños físicos. Además de las pericias psiquiátricas, los jueces tomaron en consideración testimonios de quienes habían sido compañeros de trabajo de la afectada."
"La inédita condena a la ART como responsable de la situación junto con la empresa empleadora fue un tema que provocó controversia entre los jueces. Mientras que Néstor Rodríguez Brunengo y Estela Ferreirós votaron por involucrar a la aseguradora (pese a dejar constancia de que en la demanda no se había invocado su responsabilidad), Beatriz Fontana consideró que la forma en que se daba la relación con la empleada era resorte sólo del empleador,
"que contaba con las facultades necesarias para hacer respetar la integridad psicofísica de sus dependientes"."
"Al quedar acreditado en el expediente el nivel de presión que existía, en pos de resultados medidos en cantidad de llamadas, duración, tiempos de espera, ventas de pasajes, y todo en un clima laboral hostil, la Cámara se convenció de que los daños psicológicos acreditados estaban vinculados con ese ambiente de trabajo", señaló Gonnelli."
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En cuanto a la ART -en este caso, Asociart-, la jueza Ferreirós consideró en su voto que hubo una "omisión culposa", ya que las aseguradoras "están obligadas a asesorar a los empleadores para prevenir y proteger".
http://www.lanacion.com.ar/1451947-ries ... o-polemico
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