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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #811692  por estudiopalermo
 
Les consulto por un caso en donde se pagó SDM hace un tiempo pero solo lo que corresponde al capital y hay una deuda de intereses que arroja el sistema.
El caso me llega a mi posteriormente a esos pagos efectuados, y considero innecesarios esos períodos, el tema es que cuando le quiero aplicar un beneficio en el SICAM, el sistema no me lo permite.
Puedo borrar el período en la situación de revista, pero no sé si en Anses me lo tomarán, ya que los pagos figuran en el listado de pagos.
Quisiera saber si hay alguna manera de aplicar beneficios a esos períodos o solo queda la opción de pagar los inetereses de los periodos por los cuales ya se pagó el capital?
Muchas gracias!!!
 #811709  por MariaElena81
 
2. Desconocimiento de la relación laboral
Por el presunto dador de trabajo.
Si el empleador ha desconocido la relación laboral, correspondería conferir vista de dicha manifestación al titular a los efectos que formule el descargo pertinente en los términos del Decreto N° 1287/97 (Dictamen N° 39.283)
Practicada una verificación ambiental en donde el presunto dador de trabajo desconozca la relación invocada, en tanto no se acredite – con la suficiente relevancia - que la medida adolece de un vicio que la torna falta a la verdad o que presenta oscuridad tal que impide extraer conclusiones categórica de la misma, resulta inoficioso materializar una nueva verificación ambiental tendiente a reeditar la anterior, toda vez que él implicaría privar a la medida de la espontaneidad con la que ésta necesariamente debe contar (Dictamen N° 50.271)
El conflicto que se plantea entre lo invocado por la peticionante y lo exteriorizado por la eventual dadora de trabajo deberá ventilarse – en definitiva – por ante la autoridad del trabajo con competencia en el asunto, quien resolverá respecto de la existencia, alcance y extensión del pretenso vinculo laboral, debiendo ANSES desconocer los servicios en cuestión hasta tanto se dilucide esta cuestión por dicha autoridad.
Por quien invoca los servicios.
El “desconocimiento” de la relación laboral por el propio interesado impone descartar los servicios oportunamente invocados, en la inteligencia que la relación laboral nunca existió, atendiendo al hecho que la “confesión” constituye la prueba más importante y eficaz que existe en el proceso (probatio probatissima) y a los principios de primacía de la realidad y verdad objetiva (Dictamen N° 48.271)
3. La real prestación del servicio.


Lo que haría yo es hacer una nota firmada por el empleado que desconoce esos años de relación laboral amparándose en esta circular.
En la situación de revista no declarar sdm; así podrías utilizar beneficios . y si no te la quieren aceptar preséntala bajo insistencia.
Es mi humilde opinión, espera mas respuestas.
*suerte*
 #811854  por conejo913
 
hola a todos... Esta es mi primera contestacion... la solucion seria la siguiente:
NO SE PUEDE APLICAR BENEFICIO A SDM Ni por 25321 ni por 14236 ni por nada
hay que hacer una multinota a AFIP desconociendo los pagos F. 206
Una vez que ingresa al sistema de la afip la misma te los va a BORRAR
El procedimiento mediante multinota es personal (No aceptan apoderado) - salvo que la misma sea bajo escritura publica.
Cuando redactes el pedido pone "DESAFECTAR"
sALUDOS 8)