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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #812295  por casbarrog
 
Hola colegas,muy buenas tardes.-
tengo una duda
tengo una clienta que dio por extinguido el contrato laboral por incapacidad absoluta (66%) según 212 párr. 4.-
Percibió indemnización laboral pertinente. (acuerdo en seclo, sin reconocer hechos ni derechos)
actualmente estoy a la espera de la junta médica pues, en enero iniciamos el RTI (tengo dictamen de médico legista conf. baremo previsional, etc que da más del 70%) IGUAL HABRÁ QUE VER SI SALE O NO CONF. JUNTA MÉDICA.-

De acuerdo a la causal de extinción del contrato laboral ¿ven viable que pueda tramitar seguro por desempleo? teóricamente no es una causal de extinción imputable al trabajador.- OBVIAMENTE QUE SÉ QUE SI LO PERCIBIRÍA (AL SEGURO), Y LE SALE EL RTI LE VAN A DESCONTAR LO PERCIBIDO DEL RETROACTIVo.-

la duda es la viabilidad del seguro en función de la causal de extinción.-
si alguien tiene alguna data, será bienvenida y, como siempre le dejo mis agradecimientos a todos los integrantes de este foro.-
cariños
gery
 #812321  por jarocho
 
Creo que atravez de tu exposicion te has respondido ampliamente por la negativa, espera otras opiniones, siempre hay una mente creativa y precursora, Salu2
 #812988  por casbarrog
 
gracias jarocho por la respuesta,
la verdad que le voy por la negativa,pero,en definitiva la extinción fue por causa no imputable a la trabajadora sino por su incapacidad por enfermedad inculpable, según informes de legista más del 70%
en fin, nuevamente gracias y cariños
gery
 #813793  por casbarrog
 
hola colegas!
retomo el hilo pues, hemos firmado acuerdo en secose por indemnización de incapacidad absoluta, y en el mismo acuerdo hay una cláusula que dice que ingresó a laborar en xx fecha, "hasta el día 21-12-2011 fecha en que se la despidió en los términos del art. 212 LCT 4to. párrafo..."
Si bien el telegrama extinguiendo el contrato por incapacidad absoluta fue enviado por la trabajadora, cómo ven presentar el acuerdo que habla de despido?
sé, por supuesto que, en caso de otorgarse el desempleo y, como hay en trámite un RTI, en la eventualidad que el mismo salga favorable le descontarán lo percibido por el desempleo.-
más que nada es por la obra social.-
en fin aguardo opiniones