Se trata de una gravación que hizo el denunciante de una discusión que tuvo con el denunciado, mi pregunta es que criterio adoptan los juzgados actualmente, es admisible como prueba?? la quieren hacer valer como reconocimiento del hecho por parte del imputado, ya que éste en plena discusión, le dice "si tenés razón, te estafé, tenés razón"· Esa es la única prueba que tienen y a mi entender no implicaría ningún reconocimiento ya que lo hizo solo para ponerle fin a una larga discusión. Pero quería escuchar opiniones.
...algo asi como declarar contra si mismo sin garantias de ningun tipo y sin abogado...
pedi la nulidad .
saludos