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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #814070  por lamparita2007
 
Hola a todos necesito si me pueden ayudar con esta RTI, (hace rato que no estoy haciendo Jub) y es para un familiar por eso necesito hacerla.
Señor 60 años que sufrio un accidente en sept del 2008. Hasta octubre del 2011 percibió las prestaciones de la ley 24557. La incapacidad es del 98.93%.
Relacion de dependencia desde: 05-2001 al 06-2003
11-2003 al 12-2008
12-2008 al 10-2010
12-2010 al 12-2010
Esto surge en historia laboral, el problema esta que tiene inscripcion y pagos de autonomos desde el año 1979 (algunos meses oagos y otros no, el ult, pago 07-2002)
Yo lo que hice fue hacer un sicam desde 07-1979 al 10-2000 y prescribir por art. 1 los peridos que no estan pagos.
La pregunta debro reunir 15 años por sicam más lo de relacion de dependencia o puedo prescribir todo lo que no esta pagado y con los años de relacion de dependencia me alcanza para jubilarlo. gracias. Analia
 #814083  por miguel19790
 
cuando presentas sicam en un rti como tu caso, no se renuncia a la deuda, se aplica dcto decreto 526/95 y circular gp 03/08 a los periodos con deuda, la personas esta cumple con el requisito de ser aportante irregular con derecho, porque tiene 18 m de aportes dentro de los 36, lo que debes hacer es armar un sicam,por la deuda que te da no te preocupes, aplicas las normativas que te mencione arriba en la spp a los periodos con deuda, y en el pedido del turno agregas los servicios en relacion de dependencia que son lo que te dan la regularidad
 #814087  por MARIO1943
 
lamparita2007 escribió:Hola a todos necesito si me pueden ayudar con esta RTI, (hace rato que no estoy haciendo Jub) y es para un familiar por eso necesito hacerla.
Señor 60 años que sufrio un accidente en sept del 2008. Hasta octubre del 2011 percibió las prestaciones de la ley 24557. La incapacidad es del 98.93%.
Relacion de dependencia desde: 05-2001 al 06-2003
11-2003 al 12-2008
12-2008 al 10-2010
12-2010 al 12-2010
Esto surge en historia laboral, el problema esta que tiene inscripcion y pagos de autonomos desde el año 1979 (algunos meses oagos y otros no, el ult, pago 07-2002)
Yo lo que hice fue hacer un sicam desde 07-1979 al 10-2000 y prescribir por art. 1 los peridos que no estan pagos.
La pregunta debro reunir 15 años por sicam más lo de relacion de dependencia o puedo prescribir todo lo que no esta pagado y con los años de relacion de dependencia me alcanza para jubilarlo. gracias. Analia
1) SOLO NECESITAS COMO MINIMO 18 MESES, DENTRO D E LOS ULTIMOS 36 MESES, A PARTIR DEL INICIO DEL TRAMITE, PARA SER APORTANTE IRREGULAR Y VEO QUE LO REUNIS
2)NO SE PUEDE RENUNCIAR POR LA LEY 25321 ART. 1, TENES QUE PRESCRIBIR POR LA LEY 14236, LOS PERIODOS CON DEUDAS QUE ESTAN PRESCRIPTO