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  • INQUILINOS Y EXPENSAS

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #816506  por egrim
 
En un edificio de propiedad horizontal, se vienen liquidando expensas ordinarias bajo los conceptos A y B.
En el último año el administrador del consorcio fue agregando paulatinamente, expensas C, D y E.
El cliente es inquilino de una de las unidades.
Las expensas C son extraordinarias por reparaciones y fueron aprobadas por Asamblea, con lo cual está claro que no corresponde al inquilino abonarlas , segun consta en el contrato de locacion.
La duda es con las D y E: las D corresponden a un fondo para el pago del aguinaldo de diciembre del encargado que se viene cobrando desde Noviembre 2011, por 4 meses.
Las E corresponden a las deudas por expensas, por incumplimiento de pago de los morosos, deuda que se prorratea entre todas las unidades. No se aclara si son ordinarias o extraordinarias.
¿Corresponde al inquilino o al propietario abonar las expensas D y E?
En cuanto a los gastos de reparacion en unidades (ej. cambio de cañería. arreglos por filtraciones etc) tengo entendido que deben solventarse con un fondo de reserva al que los inquilinos no deben contribuir, si los propietarios; y no deben solventarse con los ingresos por expensas comunes.....es esto correcto?
Desde ya, muchas gracias por la orientación que puedan darme.
saludos!